LA LUCHA ENTRE LAS ANTEIGLESIAS Y LAS VILLAS DE BIZKAIA

LA LUCHA ENTRE LAS ANTEIGLESIAS Y LAS VILLAS DE BIZKAIA

LA FORMACIÓN DE LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA

Aitzol Altuna Enzunza





La Ley primera del Fuero Nuevo de Bizkaia del año 1526 decía: “Los bizkaínos, así de las villas como de la Tierra Llana de Bizkaia, como de las Encartaciones, como de Durango, que non deben responder al pedido (del señor) ni al de su Tesorero ni Recaudador”. 

En este artículo foral vemos dos tipos de divisiones: la de las diferentes tenencias nabarras (Bizkaia nuclear, Durango y Enkartaciones) y otra municipal: la Tierra Llana o sin amurallar (anteiglesia) y las villas. 

Esta segunda distinción, tiene un significado que vamos a tratar de explicar, donde el proceso de creación de las Juntas del Señorío de Bizkaia sobre una base municipal, discurre durante toda la Edad Media y no finaliza hasta la Edad Moderna.

Tenencias las nabarras en el siglo XI y las que fueron surgiendo en el XII en rojo, de ellas, solo el valle de Orozko volvió a Bizkaia en el siglo XVIII, Aitzorrotz se integró en el siglo XV en Gipuzkoa y el Valle de Llodio y el de Aramaiona en Alaba por esas fechas (https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/05/las-tenencias-nabarras-de-llodio-y-ayala.html)



El historiador bilbaíno José Ángel García Cortázar, sitúa la población Bizkaia en el año 1514 en:

• Villas y ciudad de Orduña: sobre 25.000 habitantes (5.563 fuegos u hogares)
• Anteiglesias o Tierra Llana (sin murallas): sobre 24.500 habitantes (5.500 fuegos)
• Casas censuarias (arrendatarios del señor de Bizkaia): 5.100 habitantes (1.130 fuegos)
• Enkartaciones: 9.675 habitantes (2.150 fuegos)
• Duranguesado 3.312 (736 fuegos)
Total unos 67.00 habitantes y 15.000 fuegos u hogares. 

En el número de "fogueras" o viviendas de 1514 de las villas de Bizkaia, se ve ya el gran desarrollo de Bilbao respecto a todas las demás




Las villas fueron surgiendo entre los siglos XII al XIV ganando en habitantes a costa de la Tierra Llana. Para finales del siglo XV, la población de Bizkaia estaba dividida a partes iguales entre las villas y las anteiglesias o Tierra Llana, pese a ser éstas cuatro veces y media más en número. 

Los representantes de los municipios de Bizkaia en la Sala de Juntas de Gernika, estaban divididos por merindades dentro de Nabarra y así siguieron; después, estaban las villas y la ciudad, para finalizar, se sentaban los representantes de las tenencias nabarras integradas en Bizkaia tras la conquista del año 1200 de las Enkartaciones (tres tenencias nabarras diferentes, de la que se hizo una nueva con partes de las anteriores), Durango y Orozko, ésta última desde el siglo XVIII (https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/05/el-valle-de-orozko.html), quedando fuera territorios anteriormente bizkainos o durangueses como el valle de Llodio, alto Deba (Aitzorrotz) o Aramaiona entre  otros (https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/09/la-tenencia-nabarra-del-valle-de.html).



LA FUNDACIÓN DE LAS VILLAS Y LOS PROBLEMAS QUE ACARREARON

Los señores de Bizkaia, tras la conquista de la Nabarra Occidental, decidieron fundar villas, pese a la gran resistencia de los bizkaínos por lo que suponía de amojonamiento del comunal, privilegios como el control del comercio y explotación de los recursos mineros, madereros, de pastos, recursos marineros o navales, que sus cartas fundacionales les otorgaban en detrimento de las anteiglesias.


Las cartas fundacionales de las villas, crearon dos jurisprudencias dentro del señorío. El historiador bizkaíno E. Labayru en su libro “Compendio de la Historia de Vizcaya” (1900) señalaba que: “Las villas de Vizcaya, como creación especial y propia de los señores, separadas de la foralidad vizcaína y con constituciones distintas de la Tierra Llana, dependían directamente de los reyes de Castilla, mientras eran señores de Vizcaya. Por eso se regían por cartas pueblas, y cuando lo dispuesto en estas era oscuro o no se encontraba ordenado, se regían por el Ordenamiento de Alcalá (aplicado desde 1378), no disfrutando del Fuero vizcaíno hasta que llegó la Concordia en 1630”.


Otra de las grandes diferencias hasta la Concordia de 1630, se hallaba en materia de impuestos, "El Pedido" o lo que Bizkaia pagaba al señor, siendo mucho más interesantes para los señores de Bizkaia y reyes de Castilla, lo recaudado en la villas por los privilegios que les otorgaban (un resumen de los impuestos pagados por los bizkaínos se puede leer en https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/10/el-donativo-la-alcabala-y-el-pedido-los.html).




Sin embargo, la creación de la villas requería el beneplácito de los hijosdalgo, no así del resto de la población bizkaína, así lo señala Gregorio Monreal Iza en su libro "Fuentes del derecho de Bizkaia" (2021):

La erección de una villa requería la intervención y el consentimiento de toda la comunidad: en los aforamientos de Plencia/Plentzia, Bilbao, Villaro/Areatza y Guernica/Gernika aparece en el encabezamiento del documento la fórmula e con placer de todos los vizcaynos, al tiempo que en la de Guerrikaiz se alude al consejo de los mis cavalleros e fijosdalgo de mi Senorío de Vizcaya que me dieron consejo de poblar Guerricaiz. 

Al interpretar el hecho recordemos el carácter jurisdiccional y no patrimonial del Señorío. Si el Señor hacía entrega a los habitantes del nuevo municipio de los bienes de su propiedad situados dentro del perímetro fundacional y sometía a todos los allí avecindados a un nuevo régimen jurídico, debía contar antes con el consentimiento de aquellos que resultaban afectados por el acto constituyente, es decir, de los hijosdalgo que tenían propiedades en el término".


No tenemos constancia de la existencia de villas amuralladas en la tenencia o condado de Bizkaia antes de la invasión castellana (1199-1200, tras la conquista convertida en "señorío", similar a un mayorazgo privativo heredable), sí en el condado o tenencia adjunta de Durango, con la creación de la villa del mismo nombre por Sancho VI "el Sabio" (1150-1194) y refundada por los Haro como señores de Bizkaia con Castilla, en los años 1290 y 1372.

Mapa: Eneko del Castillo

Tras la conquista de las tres tenencias de las Enkartaciones, el señor de Bortedo del valle de Mena (pariente de los felones Ayala y Haro), fundó inmediatamente la villa de Balmaseda en 1199 o 1200 en la tenencia de Ugarte, y poco después, en 1202, la villa marinera de Castro Urdiales en la tenencia enkartada de Sámano, en la frontera anterior a la conquista entre Castilla y Nabarra, territorios que entonces no pertenecían a Bizkaia, aunque Castro estuvo muchas veces en las Juntas de Gernika como una villa bizkaína más. 

Significativamente, la villa de Balmaseda quedó fuera de la Junta de la Abellaneda y fue constante motivo de trueque por el señor de Bizkaia y después por el rey de Castilla, junto a otras villas como Orduña, Límpias, Colíndres etc. Por tanto, estas villas eran motivo de dádivas reales a señores castellanos como pago a sus ayudas a la corona.

Escudo de Plentzia, primera villa-amurallada costera documentada,
cuya primera fundación fracasó

Litografía Plentzia Juan E. Delmas 1846

En el siglo XIII, la primera villa bizkaína en fundarse sería Plentzia (Plaçencia de Butrón), en territorio oñacino o procastellano de su Pariente Mayor los Butrón (descendientes de los Ajanguiz), con Lope Díaz II de Haro entre 1200 y 1236, el cual también se lo concedió antes del año 1236 o ese año a Bermeo. La primera villa de Plentzia fracasó, y tuvo que refundarse en 1299 con una segunda carta puebla. 


En ese mismo siglo, se fundaron varias villas fuera de la Bizkaia nuclear: Orduña en 1229 (elevada a la categoría superior de "ciudad" por los Reyes Católicos ya en el siglo XV), Lanestosa en las enkartaciones en 1287, así como las duranguesas de Otxandiano entre 1236-54 y Ermua en 1297.

En la Bizkaia nuclear, tras la fundación o mejor dicho refundación de Bilbao  en 1300, se fundaron las villas marineras de Ondarroa (1317), Portugalete (1322) y Lekeitio (1325). Todas ellas recibieron su carta puebla por los Haro, señores de Bizkaia (y no de la corona castellana). 

Sobre cómo el puerto Begoña se segregó en realidad antes de 1300, lo explicamos en https://lehoinabarra.blogspot.com/2021/01/la-fundacion-de-la-villa-de-bilbao.html?m=1



Villa de Bermeo, "cabeza de Bizkaia", 
de su muralla, hoy solo queda la puerta de San Juan (de Gaztelugatxe) 
Bermeo, principal puerto bizkaíno y 
lugar de residencia tanto del tenente o señor de Bizkaia como del Juez Mayor de Bizkaia dentro del reino baskón de Nabarra. 
Fernando II de Aragón "el Falsario" ("el Católico" en Castilla y Aragón), en 1475, todavía se refería a Bermeo como: "cabeza de Vizcaya" ("caput Biscaiae") y "la villa principal, primera y más importante, la más poblada, la más rica y poderosa"  (para más información https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/07/bermeo-y-urdaibai-nucleo-de-la-bizkaia.html). A finales del siglo XVI Bilbao le disputaba ya el título de Cabeza de Bizkaia que obtuvo en 1602 cuando las Juntas Generales le retiraron el título.

Adolfo Pean Litografía publicada en 1846, Lekeitio
Escudos de Lekeitio:
Escudos de Ondarroa:




Adolfo Pean Litografía publicada en 1846, Ondarroa



Las principales poblaciones marineras del señorío de Bizkaia por tanto, fueron las primeras en tener fuero de villa, lo que demuestra el especial interés de los López de Haro en potenciar y controlar los puertos bizkaínos, la principal riqueza en esos siglos del señorío junto a la explotación del hierro, lo que le daba además una importante flota naval de marineros a Castilla sin sobre-coste, ya que, hasta finales del siglo XV se requisaban los barcos comerciales con fines de guerra a petición de la corona castellana.

Lekeitio grabado del s. XVI, era la cuarta villa de Bizkaia en importancia tras Bermeo, Bilbao y Durango


"Los mapas del rey planeta" s. XVII (para Felipe IV de Las Españas)


Las tres últimas villas de Bizkaia, lo fueron en el año 1376 por el Infante Don Juan, entonces señor de Bizkaia y futuro rey de Castilla (1378). 


Se trataba de las villas de Berresonaga (Larrabetzu), Mungia y la de Errigoitia, fundadas para el control de "malechores' y en nudos comerciales, las tres se puede decir que fracasaron y las dos últimas convivieron con sus respectivas anteiglesias del mismo nombre, por lo que no hubo más fundaciones.

Una de las últimas tres villas fue Mungia, junto a Larrabetzu y Errigoiti, donde se muestra el fracaso de muchas de ellas https://lehoinabarra.blogspot.com/2019/12/errigoitia-la-ultima-villa-y-cuna-del.html)


Por ejemplo, en una de las últimas tres villas fue Mungia (1376), su carta puebla llevaba una serie de pechas o tributos al señor de Bizkaia, equivalentes a los impuestos actuales (toda la información en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2019/12/errigoitia-la-ultima-villa-y-cuna-del.html):

“Y mando y tengo por bien que el consejo de la dicha villa de Monguia que me pague a cada año por pecho consejil zinco mill y quinientos maravedis, y estos maravedis que los paguen al mi thesorero por los tercios del año (…)".

Los labradores que viniesen a poblar la nuevas villas, tenían que pagar unas “pechas” o impuestos, no así los hijodalgos. Sin embargo, para favorecer la formación de las villas, tanto los labradores como los hijosdalgo que viniesen a poblar las nuevas villas de Mungia, Larrabetzu y Errigoitia, estaban exentos de estas pechas y tributos durante los primeros 6 años.

Mapas de: http://www.vitoria-gasteiz.org.es/Villas-fracasadas-en-el-desarrollo-urbano-medieval-del-Pais-Vasco-13.htm

Las villas recibían el privilegio de poder realizar un mercado semanal y no pagaban portazgo ni peaje por el transporte de mercancías:

“E otrosi, que la dicha villa de Monguia que haia un dia de mercado en la semana, en el dia que escogiere el consejo y alcaldes de la dicha villa. E otrosi, por facer bien y merced a los vecinos y moradores de la dicha villa de Munguia es mi merced que no paguen portadgo ni peage nin pontage ni otro tributo alguno en todo el mi Señorio segun que las otras villas de Vizcaia”.

Villa de Otxandiano perteneciente al duranguesado, en el cruce hacia Aramaiona, Arratia o Vitoria-Gasteiz

El Fuero nuevo de Bizkaia del año 1526, ley VIII Título I, indica expresamente que el señor de Bizkaia no podía mandar hacer villa alguna en Bizkaia, sino estando en la Junta de Gernika y consintiendo en ello todos los bizkaínos, para entonces, había pasado 150 años desde la fundación o carta puebla a las últimas tres villas, para entonces, los señores de Bizkaia había creado una lucha fratricida entre los intereses de las anteiglesias y los de las villas por el control de los recursos comunales y económicos que no se resolvió hasta la Concordia de 1630 como vamos a ver.






LA VILLA DE DURANGO CONTRA LA TORRE DE BERNA

Como ejemplo entre el malestar de las villas y las anteiglesias, vamos a contar el caso de la Torre de Berna en la merindad de Zornotza (Amorebieta-Etxano, Ibarruri, Gorozika y Goikolexea). 


"Las acciones de pillaje perpetradas por Fernando de Berna, quinta columna del pariente mayor Juan Alonso de Múxica, líder del bando oñacino, en el Duranguesado frente al linaje Abendaño, su antagonista por antonomasia. La torre o casa-fuerte de Berna se emplazaba en las inmediaciones del camino real entre Durango y la villa costera, e importante centro comercial, de Bilbao. Para sustraerse a sus acciones depredadoras los mercaderes evitaban pasar por esa zona dando un rodeo por otros lugares:

«por quanto vio este testigo que los vecinos de la dicha villa [de Durango] quando auian de yr de la dicha villa de Tauira [de Durango] a la villa de Viluao non osauan yr por el camino real derecho porque la dicha casa esta y estaua de primero sobre el dicho camino real e que yvan por miedo de los que en ella estauan por la merindad de Arratya e por otras partes, e por quanto ha visto e despues que fue derrocada la dicha casa suelen yr e venir syn reçelo alguno por el dicho camino real»; «yvan por otros caminos e senderos e destajos e atajos por el grant miedo que auian de los de la dicha casa»; «oyo desir este dicho testigo que Juan Peres de Burgoa, padre del dicho Fernando [de Berna] [...] tomaran vna asemila cargada con quatro fanegas de trigo a Fernando de Gastannaça, en el camino real de delante la dicha casa de Verna» (BAZÁN, Iñaki: «El refugio de la delincuencia señorial. Torres y casas fuertes en el País Vasco: el ejemplo de la Torre de Berna», Sancho el Sabio. Revista de Cultura e Investigación Vasca, nº 8 (1998), pp. 49-50.).



LA FORMACIÓN DE LAS JUNTAS GENERALES DE BIZKAIA

Las Juntas Generales de Bizkaia están documentadas de 1051 reinando Sancho Garçea el de  Nájera y siendo el conde o tenente de Bizkaia Eneko López Nuevo Ezkerra, en ella participaban todo los hidalgos de Bizkaia o "señores". 

Desde la redacción del Fuero Nuevo en 1526, las Juntas Generales de Bizkaia pasan a estar integradas por los representantes de la Tierra Llana, la cual desde el Fuero Nuevo es toda ella "infanzona" con la  proclamación hidalguía universal, es decir, no distingue entre sus habitantes, son todos ellos nobles, lo que supone que son iguales ante la ley o Fueros pero también tienen obligaciones como la defensa del territorio.


Por eso, las villas no participaban en las Juntas Generales de Bizkaia reunidas de forma permanente en Gernika desde el siglo XVI, sino que tienen sus propias Juntas en las principales villas (Durango, Bilbao y Bermeo), a las que llaman "Regimientos", y cuando empiezan a participar de las Juntas Generales del Señorío, lo hacen agrupadas, con sus representantes o procuradores comunes (https://lehoinabarra.blogspot.com/2019/12/errigoitia-la-ultima-villa-y-cuna-del.html)



Las villas, tampoco quisieron participar de los Regimientos Generales del Señorío (antecesores de las Diputaciones u órganos permanentes entre Junta y Junta), con constantes pleitos con la Tierra Llana o anteiglesias. 

Solo durante un breve período villas y anteiglesias compartieron las Hermandades contra los "malechores", de las cuales, se salieron pronto las anteiglesias, para finales del siglo XIV, y poco después, se disolvieron las Hermandades de las villas, fracasando así esta figura administrativa y penal en Bizkaia, introducida por los reyes de Castilla en todos los territorios de la corona, aunque común a todos los reinos peninsulares o a Francia (sí  que tuvieron más éxito en Gipuzkoa y Alaba).

Pacificación de los Banderizos ante el Corregidor Gonzalo Moro a finales del siglo XIV, único período en el que funcionaron las Hermandades en Bizkaia.
Recreación del siglo XIX, José Echenagusia


Dario Areitio y Mendiola en su libro "El gobierno universal del señorío de Bizkaia" (1943), habla de las Capitulaciones de Chinchilla del año 1487 en tiempos de los Reyes Católicos, donde señala cómo ninguna de las villas podía participar en las Juntas de Gernika, por ser éstas tan solo de la Tierra Llana o sin amurallar, las conocidas como anteiglesias:

"Por escusar los alborotos e escándalos e denegación de justicia e desobediencia e gastos e costas e otros males e inconvenientes que suelen acaecer e de fecho se suelen cometer e notoriamente se han cometido en las Juntas de la tierra llana e aprobando e ratificando lo que ya otra vez les fué mandado por el dicho Licenciado en nombre de Su Alteza y otorgado por los dichos Procuradores fué acordado mandado e determinado e sentado que ninguna villa ni ciudad del dicho condado no sea osado de enviar Procuradores a ninguna Junta que en la tierra llana se faga a se juntar con las de la dicha tierra llana que le hícieren nín ordenar nín favorescer a ella so pena de la justicia (…)".

Santa Maria de la villa de Gernika

En el año 1487, en una carta personal del licenciado Chinchilla al condestable de Castilla Pedro Fernández de Velasco (derrotado para entonces en la Batalla de Mungia por los banderizos unidos), Chinchilla manifiesta que había obtenido un éxito pírrico, y a pesar de que había obtenido el compromiso de los alcaldes, procuradores y fieles de 15 villas (Bizkaia nuclear), entre ellas la de Bilbao, la amenaza de los vecinos de Bermeo, quienes se habían negado a acudir a la reunión, había provocado que la Junta de las villas acudiese a la de la Tierra Llana en la anteiglesia de Idoibaltzaga (Errigoiti, otro de los lugares habituales de las Juntas hasta el siglo XV, junto con Aretxabalagana en Morga y cuna del Fuero Viejo https://lehoinabarra.blogspot.com/2019/12/errigoitia-la-ultima-villa-y-cuna-del.html?m=1).

Por tanto, a finales del siglo XV Bizkaia andaba revuelta, no solo en la lucha banderiza o por la dicotomía villas-anteiglesias, sino también contra el poder de Castilla que se estaba volviendo más insoportable con su presión fiscal y militar.

Francisco de Mendieta y Retes (cuadro del siglo XVII, año 1609), las familias más pudientes de Bizkaia ante Fernando II de Aragón "El Falsario", que juró los Fueros de Bizkaia en Gernika en nombre de su mujer Isabel "La Católica" el 30 de julio de 1476, ambos de la familia francesa de los Trastamara, señores de Bizkaia desde 1376.
“El Fuero contiene la parte sustancial y permanente, que no cambia con el tiempo ni las circunstancias, como la defensa del ciudadano con instituciones que les protegen ante las autoridades arbitrarias” Bernardo Estornés Lasa.

Es así, sigue Darío Areitio y Mendiola, como "los Reyes Católicos al confirmarlo el 24 de marzo de 1489, se prohibió a las villas concurrir a las Juntas Generales, bajo penas severísimas pero se autorizaban los ayuntamientos de tres Procuradores por cada tercio y dos por cada Merindad de la tierra llana para tratar de asuntos de interés común, en ciertos casos, lo cual no debió cumplirse al pie de la letra o cayó pronto en desuso porque se ha visto ya que en lugar de tales ayuntamientos se juntaban los Procuradores de todas las villas y ciudad con los Oficiales del Regimiento particular o tierra llana del Señorío".

Es decir, la villas y ciudad de Orduña, mandaban sus representantes a las Juntas Generales de Bizkaia pese a la prohibición de los Reyes Católicos, pero, antes acordaban el mandato en su propio Regimiento. 



 Evolución perimetral de la villa de Bilbao desde su fundación.
La carta de villa otorgada por Diego López de Haro "El intruso" al puerto de la anteiglesia Begoña, abarcaba territorios de varias anteiglesias, le daba las minas de hierro de Ollargan Arrigorriaga o el paso y control de mercancías de Galdakano en Artxanda-Arbolantxa, pero también anteiglesias enteras como la propia de Begoña, la de Deusto y la de Abando. Estas tres anteiglesias, se independizaron pronto de Bilbao (salvo el barrio de Bilbao La Vieja de Abando y sus minas del Morro), ya que siguieron con sus Juntas municipales hasta los siglos XIX y XX que se integraron definitivamente en la villa.

Casa torre de Arbolantxa, Foto: Ybarra y Garmendia "Torres de Vizcaya" (1946). “Existe en Arbolancha un caserío llamado casa-torre, que por haber sido transformado hacia el año 1935, no conserva traza alguna de tal. Junto a él, se conserva la casa-palacio de Arbolancha, de construcción del siglo XVIII cuya fotografía publicamos, que sin duda alguna era la habitación de residencia que en dicha centuria mandaron edificar los dueños de la torre, que vivirían en Bilbao, pero que pasarían en Arbolancha temporadas de campo (…)”.
El escudo de Arbolantxa era: «en campo de plata, una cruz ancorada, de gules, y otras cuatro más pequeñas en cada uno de sus ángulos. Orla de oro, separada del escudo por un cordón de San Francisco, de gules, y ocho aspas del mismo color en su campo»
«La casa de Arbolantxa es cuadrada, de cal y canto, con cinco ventanas cuadradas en la fachada y tres menores encima y rematada con dos pequeñas, y encima de la portada hay un escudo, que será de media vara, y en medio del escudo hay una cruz, al modo de la cruz de la Inquisición, aunque con más follage, y orlado dicho escudo de ocho aspas, y todo ello es de piedra blanca, y la dicha casa denota antigüedad y autoridad ... La casa solariega de Arbolantxa es antiquísima y nobilísima... Su entierro en el convento de San Francisco, de Bilbao, en sitio muy preminente, con las armas de Arbolantxa ... Al lado del evangelio, donde está un altar pegado al mismo altar mayor, debajo de la tarima de aquel altar, era la sepultura de la familia de Arbolantxa, y estaba en el lugar  ás honrado de la iglesia»
Endika de Mogrobejo: ¿Dónde estaba casa-torre de Arbolantxa? Un nuevo expediente, esta vez de Calatrava, perteneciente al caballero Sancho Díaz de Zurbano Pacheco y Arbolantxa (agosto 1617) nos dará la respuesta: «Aunque es verdad que en Bilbao está la casa de Arbolantxa (que era la descrita anteriormente); pero la casa solar de este linaje está en la Anteiglesia de Begoña (...) para contraer matrionio entre Antonio de Zumelzu e Ibáñez de Agirre (nacido en Bilbao 15-IX-1616) con Catalina de Arbolantxa y Etxebarri (nacida en Bilbao 28-XII-1643) la morada de la novia se hallaba en la calle de Barrenkale Barrena, esquina a la Ribera, antigua torre de Juan de Arbolantxa. También tuvieron una torre en la calle de Pesquería o Belostikale, también ángulo con la Ribera".


Los primeros Libros de Actas de la Tierra Llana de entre 1523 a 1542 y de 1542 a 1558 se han perdido, pero tenemos alguna información indirecta, incluso de anteriores desde principios de ese siglo. La primera Junta General registrada en los libros de acuerdos, es la celebrada el 2 de agosto de 1558, y en ella, después de enumerar a los procuradores o representantes de las anteiglesias se dice “e así mismo los Procuradores de todas las villas e ciudad de este Señorío”. Las villas, sin embargo, no acudieron a la Junta de 1559. En general, solo acudían ante el nombramiento de un nuevo Corregidor o a la apertura de cédulas y Provisiones reales, representadas siempre por Procuradores conjuntos y no individualmente como las anteiglesias. 

Actuales Juntas de Bizkaia y debajo el edificio anterior
El Corregidor, como representante del señor de Bizkaia, era el que convocaba a Juntas tras el paso del señorío de Bizkaia a los franceses Trastámara con Juan I "El Infante" (1376), que será poco después rey de Castilla (1378). El Corregidor, residía en Bilbao, por lo que, tras lo dispuesto en la Junta de Gernika, se recogían las actas de los cargos en la villa bilbaína. 

Junto al Corregidor, en estas reuniones del siglo XVI, todavía participaban los Parientes Mayores, la mayoría de las veces armados, los cuales ocupaban la presidencia pero sin derecho a voto. 


"Historia de Euskal Herria" (Lur)

En una tensa Junta de marzo de 1546, el cabeza del bando ganboíno Juan de Arteaga  (familia Abendaño), presidía la Junta con el oñacino Gómez Gónzalez de Butrón. Ante la llegada del Corregidor, el de Arteaga se negó a dejar su asiento central en la presidencia al castellano, por lo que fue llevado a juicio:

“Preguntado si tiene boto en la dicha Junta, o a qué propósito fué a ella, dixo que este testigo no tiene más boto de que tienen los cavalleros de su calidad, que fue como sus antepasados, y como siempre a sido hasta aquí, porque le pareçe que es serviçio de Sus Magestades y bien de la República de este Señorío, porque sienpre es (sic) conmigo a de tratar esto”

Los apellidos de los cabezas de los bandos, son muy frecuentes entre los puestos de los funcionarios del Señorío.


Recreación de la torre de Butrón

Primera Junta General de Bizkaia de la que se sabe que tuvo acta es del año 1506. En ella, se ve que la representación todavía no es por anteiglesias y se nota la influencia de los Parientes Mayores, siendo el primer Diputado conocido el ganboíno Fortún García de Usunsolo (sic.), emparentado con los Aldape y Abendaño (https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/07/origen-de-los-usansolo.html)
El Fuero Nuevo de 1526 consagraba la hidalguía universal, lo que suponía la igualdad ante a ley y la obligación de tomar armas, no solo para defender el señorío sino también de manera más restrictiva fuera del mismo por mandado real, de ahí seguramente la apertura de las Juntas Generales de Bizkaia a todo bizkaíno:
Ley XVI del título I “todos los naturales, vecinos e moradores de dicho Señorío de Vizcaya, Tierra Llana, villas, ciudad, Encartaciones é Durangueses eran notorios hijosdalgos é gozaban de todos los privilegios de homes hijosdalgo”.

“El 5 de abril de 1526, se reunieron bajo el árbol de Guernica y la presidencia del corregidor, los señores Juan Alonso de Mújica y Butrón, señor de Aramayona, Juan de Arteaga y Gamboa, señor de la casa y solar de Arteaga, y otros muchos caballeros, escuderos, hijosdalgo del Señorío de Vizcaya, cuyos nombres por su prodigalidad no van escritos, y los fieles procuradores de los concejos y anteiglesias del dicho Señorío, que sus nombres debajo serán declarados. Así es, en una relación de cincuenta y ocho representantes, uno por cada anteiglesia, empezando por la de Mundaca y concluyendo por la de Ubidea. El objetivo de la reunión fue la reforma del Fuero Viejo de 1452 y la elaboración del Fuero Nuevo o simplemente el Fuero de Vizcaya (...) por primera vez, al menos, con carácter expreso y documentado, se articulaba, en parte, sobre la base de unas unidades territoriales delimitadas, las anteiglesias.” (Investigaciones sobre historia medieval del País Vasco José Ángel García de Cortázar).

Por tanto, se trata de la primera Junta General con los representantes de 58 anteiglesias de Bizkaia

Anterior torre de los Usansolo


Comenta en su trabajo "Las Juntas Generales de Bizkaia a comienzos de la Edad Moderna" el doctor en historia Mikel Zaballa Montoya (2005): "(...) en las elecciones de 1542 se había admitido, no sin ciertas contradicciones, a San Juan de Mugaguren por síndico y a Juan Pérez de Mármex por secretario, ambos procedentes de enclaves urbanos. 

En todo caso, al mismo tiempo que accedieron a sus respectivos cargos, se sancionó la prohibición que en lo sucesivo los vecinos de las Villas pudiesen desempeñar oficio alguno en los órganos de gobierno de la Tierra Llana. 

En el Regimiento de la Tierra Llana del 7 de Mayo de 1566 (con ocasión de la necesidad de elegir dos nuevos Regidores) se ratificó la incapacitación de los vecinos de las villas para oficios públicos del Señorío".


Es más, esta prohibición de ocupar cargos, se intentó extender a los labradores censuarios, es decir, a los arrendatarios del señor de Bizkaia, por considerarlos similares a los villanos: "Pero la controversia apareció tras una primera disposición un tanto ambigua formulada en la Junta General del 31 de julio de 1576, en el siguiente Regimiento General del 21 de agosto, donde –además de a los vecinos de las villas– se excluyó de forma taxativa a los censuarios. 

Exclusión que se justificaba en función del carácter pechero de los censuarios, a quienes se identificaba, de manera interesada, con vecinos de las villas (lo que permitía recurrir a la dualidad jurisdiccional).

La protesta de una nutrida representación de censuarios de las merindades de Busturia y Zornotza no se hizo esperar. Después de rebatir los argumentos de la parte contraria (ellos también contribuían en las derramas del Señorío), probaron su presencia previa en órganos de gobierno (además de en sus respectivas anteiglesias)".

Bilbao a finales del siglo XVIII, lámina de Moroni.

La crisis entre la Tierra Llana del señorío y las villas, lejos de disminuir, creció a finales del siglo XVI. En el Regimiento General de 1590, la parte oñacina en pleno menos Juan Ochoa de Mauraza, reclamó realizar la reunión sin la presencia de las villas, el Corregidor accedió a ello y los representantes de las villas tuvieron que salir de la Junta, ante lo cual, los representantes ganboínos de la Tierra Llana, también se fueron. 

Los oñacinos proponían la celebración de regimientos particulares de la Tierra Llana por un lado y la de las villas y ciudad por otro lado, para después tratar en común los temas de interés general, los ganboínos querían que se hiciese justo al revés, una reunión inicial conjunta y después la de los regimientos particulares.

La inestabilidad se mantuvo durante todo el siglo XVI, pero se produjo un cambio importante, cuando la elección de los cargos forales, incluidos dos Diputados Generales, empezó a realizarse por representantes de seis anteiglesias de manera corrida, pero divididas en los bandos oñacino y ganboíno (tres por cada bando), aunque ya para entonces, muchas anteiglesias manifestaron que en ellas no había parcialidad banderiza.


Las Juntas Generales solo con las anteiglesias.
Otra de las novedades fue la elección de dos Diputados Generales, uno por cada bando.
Andra Mari de la anteiglesia arratiana de Zeanuri, 
municipio elector por el bando ganboíno en el año 1559


La situación cambió, sin embargo, a principios del siglo XVII, como cuenta Dario Areitio y Mendiola, donde es significativo también el vocabulario utilizado, ya que se hablaba todavía del "Señorío" solo en referencia a la Tierra Llana, la iniciativa partió de las villas: 


"Mas como muchos asuntos fueran comunes a las villas y ciudad y al Señorío el 27 de mayo de 1609 se reunió la Junta general expresamente para tratar del arreglo confeccionado por los delegados de ambas partes. (...) en fuerzas civiles y pleitos y disensiones familiares ha perdido y pierde mucho acordaron que para restablecer la paz y terminar las diferencias que había se guardasen los capítulos siguientes:


Que todos los años en día que ha de señalarse por primera Junta General que se reúna se han de congregar todas las anteiglesias, villas y ciudad so el árbol de Guernica para tratar de los negocios que se ofreciesen. Además de la dicha Junta anual podrán convocarse otras (…)”. 


Pero, el acuerdo no entró en vigor al ser rechazado por parte de la Tierra Llana, que veían que la paridad con las villas supondría que éstas se impondrían en las votaciones: "Los Diputados Generales adujeron que las diferencias sobre paridad entre bandos se debían resolver limitando el número de asistentes del bloque urbano a los Regimientos Generales a catorce, guarismo que equilibraba el número de miembros con derecho a voto de la Tierra Llana en ellos".


La pequeña villa de Lanestosa en las Enkartaciones,
fue la primera villa en elegir Diputado, lo hizo por el bando ganboíno en 1630.



La tensión entre la villas y Tierra Llana, sin embargo duró todavía unos años más, hasta la nueva y definitiva Concordia, según narra Dario Areitio y Mendiola:

 

“Se convocó a Junta general para el 11 de septiembre de 1630 en Guernica para tratar de la escritura de unión y concordia de villas y ciudad capitulado de diecisiete artículos y como hubo discrepancia sobre qué matrícula de fogueras había de regir sí la antigua o la reformada se aprobó esta última por ser más equitativa así como el capitulado que reformaba en parte las capitulaciones del 27 marzo de 1628”. 


Andra Mari de la anteiglesia de Galdakano

En las Juntas Generales del Señorío de Bizkaia de 1636,
participaron las villas de Bilbao y de Errigoitia, una por cada bando

Plano de la villa fracasada de Errigoitia, 
donde la anteiglesia seguía reuniéndose en su Junta de Idoibaltzaga
y donde se aplicaban los Fueros de Bizkaia frente a los fueros o leyes de la villa

Este acuerdo de 1630, se entiende también como el del fin de las Guerras de Bandos (https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/08/guerra-de-banderizos-tras-la-conquista.html), por tanto, tremendamente marcadas por la dicotomía de las villas y las anteiglesias en el caso de Bizkaia.


Las 21 villas y ciudad que tenía para entonces Bizkaia, tomaron desde entonces parte en las Juntas Generales del Señorío de Bizkaia, en las mismas condiciones que las anteiglesias o Tierra Llana. 

Mundaka tenía asiento y voto primero encabezando las 72 anteiglesias de la Bizkaia nuclear, divididas éstas a su vez en merindades encabezadas por la de Busturia (después Markina, Zornotza, Uribe y la Arratia-Bedia).  



Después, se sentaban las  20 villas de toda Bizkaia y la ciudad (incluidas las de las Enkartaciones y Durango),  encabezadas todavía por Bermeo, seguida de Bilbao y Durango, pero desde el puesto 73, tras todas las anteiglesias. Después, venían las anteiglesias de las Enkartaciones (del 93 al 102) y las del duranguesado (del 103 al 110, pero agrupadas, con 2 y luego con 5 votos), finalmente, el representante del valle de Orozko desde el siglo XVIII que entró a formar parte del señorío de Bizkaia (el representante con asiento 111).




Listado de las villas y anteiglesias de Bizkaia poco antes de la disolución de las Juntas Generales a finales del siglo XIX tras perder otra Guerra Foral o Carlista, que terminó por desmantelar todo el entramado foral del antiguo reino de Nabarra e integrarlo en uno nuevo de España, centralizado en la Corte madrileña y mucho menos participativo y democrático, una plutocracia masculina y castellanófona.