LAS INMATRICULACIONES Y LA PROPIEDAD DE LOS BIENES ECLESIALES EN LA NABARRA OCCIDENTAL

LAS INMATRICULACIONES Y LA PROPIEDAD DE LOS BIENES ECLESIALES EN LA NABARRA OCCIDENTAL 

Aitzol Altuna Enzunza


La inmatriculación de la Catedral del Buen Pastor fue solicitada por el Obispo de San Sebastián José Ignacio Munilla en el año 2012 y él mismo hizo de notario público, gracias a la reforma de la Ley Hipotecaria de 1998, registrando la Iglesia Católica la propiedad del edificio y del suelo. Sin embargo: "Iglesia y Ayuntamiento firmaron en 1887 un acuerdo por el cual el Consistorio cedía un terreno al Obispado para que este pudiese construir una iglesia. En el acuerdo quedaba claro que el terreno es municipal y que, en el supuesto de que la Iglesia abandonase el uso, volvería a ser propiedad del Ayuntamiento"

Punto primero de la nota publicada el 22-01-2016 por el Obispado de Bilbao con el título: "Sobre las inmatriculaciones de la Iglesia en Bizkaia" (primera inscripción en el registro de la propiedad de una finca)

1.- La propiedad de los bienes. Al igual que el resto de personas físicas y jurídicas, la Iglesia tiene derecho a registrar los bienes de los que es propietaria. La inscripción en el registro tiene carácter voluntario y no convierte en propietario al titular del bien registrado: “Inscribo porque soy propietario, no me convierto en propietario porque inscriba (...). La Iglesia no se está apropiando de nada que no sea de su propiedad”.


La página web de la "Iglesia Navarra, arzobispo de Pamplona y Tudela", da una explicación de los hechos históricos: "Durante siglos, el Pueblo de Dios fue construyendo lugares de culto, templos, parroquias o basílicas (...). Entonces no se cuestionaba la propiedad de los templos, los edificios y las tierras (primera mentira). Parecía evidente a quién pertenecía la catedral de Burgos, el monasterio de Montserrat o una pequeña ermita “perdida” de cualquier pueblo de España (segunda mentira).

(...) La Iglesia ha inmatriculado los bienes que durante siglos el pueblo “católico” ha construido y confiado a la Iglesia para que ésta pudiera realizar su labor (tercera mentira): el anuncio del Evangelio (apostolado), la celebración de la fe (culto) y el ejercicio de la caridad (servicio). Los bienes de la Iglesia se destinan precisamente a estos fines. Ha inmatriculado (la Iglesia Católica) también otros bienes recibidos a través de legados y herencias, que han sido destinados, de un modo u otro a los mismos fines (cuarta mentira).

Para inmatricular un bien en el Registro de la Propiedad es necesario acreditar el título de propiedad, o bien realizar un expediente de dominio, o bien mediante certificación (quinta mentira o media verdad).

Así lo han podido hacer las instituciones de la Iglesia hasta el año 2015, con aquellos bienes que posee y mantiene desde tiempo inmemorial (sexta mentira y...sigue la web...).". 

Todas las mentiras de la "Iglesia Navarra": https://www.iglesianavarra.org/formacion/2021/02/inmatriculaciones-de-la-iglesia-un-privilegio/


LAS INMATRICULACIONES DE BIENES PÚBLICOS

Las inmatriculaciones de las ermitas, cementerios, humilladeros e iglesias de uso eclesial por la Iglesia Católica, así como otros bienes inmuebles adyacentes de toda la Nabarra sur pirenaica, se instauraron en el año  1946, en plena dictadura. 

La jerarquía católica, era un pilar esencial del régimen fascista de Francisco Franco (después llamado, significativamente, nacional-catolicismo), por lo que recibió este privilegio, supuestamente, como compensación histórica por las desamortizaciones del siglo XIX de los ministros españoles Mendizabal y Mandoz y de la Segunda República española de Niceto Alcalá Zamora (1931). 

Pero, lejos de recuperar lo que fue suyo, ha aprovechado para la inmatriculación de bienes cuya propiedad (la nuda propiedad) jamás le perteneció como vamos a ver (solo el usufructo y no en todos los casos). 


Iglesia del Antiguo de Donostia-San Sebastián, otra de las inmatriculadas 
https://es.wikipedia.org/wiki/Iglesia_de_San_Sebasti%C3%A1n_(San_Sebasti%C3%A1n)

En el año 1998, el sucesor del dictador, otro ferviente católico y presidente del nuevo régimen, José María Aznar, avaló estas apropiaciones indebidas del erario público y facilitó las inmatriculaciones. La nueva ley hipotecaria de 1998, permitía a la Iglesia Católica registrar propiedades a su nombre sin título alguno y sin necesidad de acreditar el uso (según establece la ley antideshaucios, más conocida como "ley de ocupación"), siendo suficiente tan solo la firma de sus obispos en representación notarial del Estado español (¡!). 

Es por tanto, un enriquecimiento injusto (carencia de una razón jurídica para el incremento patrimonial), en un Estado supuestamente laico desde 1978, el cual perjudica y empobrece a toda la sociedad, el verdadero propietario de muchos de esos bienes inmatriculados por la Iglesia Católica como vamos a ver.

Esta ley, tuvo que ser derogada en el año 2015, pero no se han corregido los perjuicios manifiestos causados, ni anulado provisionalmente todas las inmatriculaciones que no tengan un título de propiedad.

Además, la Iglesia Católica, como el resto de las confesiones religiosas, está exenta de pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), incluso sobre los numerosos bienes inmuebles no dedicados al culto.



Contando solo desde el año 1978, en Alta Nabarra se estima que son más de 5.000 los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica (unos 2.645 registros) y en la Nabarra Occidental 530, de las cuales 387 eran de Gipuzkoa, 74 de Bizkaia y 69 de Alaba. Desde 1998 son 88 las propiedades inmatriculadas en la "CC.AA. de Euskadi".

"Hay casos especialmente llamativos como sendas fincas registradas recientemente en dos pueblos alaveses, Ribera y Villamardones, deshabitados desde hace años y el récord lo tiene la Iglesia en Eskoriaza con un total de 46 inmatriculaciones, entre ellas, una finca en el barrio de Apozaga que ocupa el campo de fútbol del pueblo". En la misma zona del río Deba, se han inmatriculado numerosos bienes inmuebles, en Oñati (21), Bergara (19), Aretxabaleta (17) o Arrasate-Mondragón (20).  


La nueva propiedad eclesiástica más llamativa de Bizkaia, hay que buscarla en el monte Oiz, ya que el terreno del pico fue inmatriculado y es por tanto propiedad de la diócesis de Bilbao desde 1980.

Los últimos bienes inmatriculados en la Nabarra Occidental, estaban en los municipios de: Ayala, Amurrio, Llodio, Okondo, Urkabustaiz, Valdegobia, Bernedo, Lantziego, Ribera Alta, Iruña de Oka, Armiñón, Lantarón, Vitoria-Gasteiz, Alegría-Dulantzi, Kanpetzu, Iruraiz-Gauna, Bergara, Donostia-San Sebastián, Mutriku, Tolosa, Bedia, Dima, Artzentales, Gordexola, Sopuerta, Barakaldo, Orozko, Bilbao, Gorliz, Elorrio, Elantxobe e Ibarrangelu etc.

Todo el listado de Bizkaia está al final del artículo y hay un enlace para los otros territorios debido a la enorme cantidad de bienes inmatriculados:





LA PROPIEDAD LAICA DE LOS BIENES ECLESIALES EN NABARRA


"El patronato de legos (o laicos) es conocido en el Occidente europeo desde el siglo V. Así lo prueba, entre otros testimonios, el Concilio de Arlés de 452. En el Imperio Bizantino se menciona en el corpus jurídico justinianeo, en el siglo VI, donde habla de lo extendido que está el derecho de patronato. Y ya para la centuria siguiente los fundadores de iglesia habían logrado hacerse con una atribución clave de tal derecho: la presentación del clérigo. Esto suponía una clara intromisión en el ámbito eclesiástico, por lo que había que situar al Patronato: que constituya uno de los puntos de confluencia entre el ordenamiento eclesiástico y el secular, afectante al gobierno de la Iglesia".

Caserío perteneciente a Andra Maria Magdalena de Lamindano en Dima (Arratia, Bizkaia). Enciclopedia Auñamendi: "Ermita de Santa María Magdalena , dataría inicialmente del siglo XII, tiene planta rectangular con muros de mampostería vista y fachada principal y esquineros y espadaña en sillería. Ésta tiene tres vanos con sendas campanas y cuatro pináculos laterales rematando una cruz de hierro. Cubierta a dos aguas con pavimento de madera, el pórtico de losas de piedra y canto rodado, está cerrado a los pies ya los lados del evangelio, donde está el carrejo, y de la epístola con un banco adosado al muro. Posee adosada una vivienda donde se dice que estuvo habitada por ermitaños o monjes".

El Derecho Canónico lo concibe como un derecho anejo a lo espiritual, una institución eclesiástica en definitiva, y viene a definirlo como "un conjunto de privilegios, con ciertas cargas, que por concesión de la Iglesia competen a los fundadores católicos de una iglesia, capilla o beneficio, o también a sus causahabitantes" (canon 1448), sin embargo, en el ámbito legal civil es tratado como una institución de derecho público, regida por la ley foral en el caso del Señorío de Vizcaya, y en el caso de la Corona, un instrumento del que ésta se servía (para sus fines políticos), Esta diferencia de pareceres enfrentará durante la Baja Edad Media a la Iglesia y a la Monarquía españolas" Ángel Larrea Beobide.


En un documento del año 1051, el rey nabarro Sancho Garçés el de Nájera otorgaba en ingenuidad y libertad ciertas disposiciones a los monasterios o iglesias laicas de Bizkaia como la inmunidad ante la intromisión señorial y ciertas disposiciones particulares como la elección del abad por el clero, por lo que fue llamado por el historiador Gregorio Balparda De Las Herrerías (Portugalete 1874-Bilbao 1936) como "Fuero Monasterial" y como "el primer fuero concedido a Vizcaya que se conoce". Estos fueros o leyes que van otorgando los reyes y que se mantuvieron durante siglos, son los que después crean la base foral junto a la costumbre:

"In Dei nomine et indiuidue Trinitatis. Ego Garsea rex et uxor Stephania regina una pariter cum episcopis subnominatis Garsea episcopo, Sancio episcopo, Gomesano episcopo et comites mei qui sunt in mea terra. Pacuit nobis simul et comitij Enego Lopez qui est dux en illa plitria que uocitatur Bizcaia et Duranco et consenserunt omnes milites mei ut ingenuasem illos omnes monasterios qui sunt illa terra ut non habeant super cos protestatem in aliqua seruiture nec comites nec potestas. Sed tamen un uno quoque monasterio si migrauerit unus abbas perquirant fratres episcopum cuj decet regrere patriam. Et inter semeptipsos eligant abbatem qui dignus sir regere fratres. Et de alio quo usualem habebant illo comites et sui milites in illas monasterjis mittere suos canes (saiones) et suos homines ad gubernandum. Ego Garsea rex et vxor in Pampilona et in Alaua et in Bizcaia. Fredenandus rex in Legione. Garsia episcopus in Alaua. Sancius episcopus en Pampilona. Gomesanus in Nagera".

 Tumba del rey Sancho Garçés "el de Nájera" (1012-1054) y de su esposa Estefanía de Foix (1014-66), en la entrada a la cueva que hay en el monasterio de Santa María la Real.


En el Fuero Viejo de Bizkaia de 1452 en su capítulo 224, que lleva el "Título de los patronadgos de los monesterios e de los derechos de ellos e a quien pertenecen e por quien deuen ser juzgados”, se afirmaba que de todos los monasterios de la Tierra llana Bizkaia (fuera de las villas), la mitad de ellos pertenecían al señor de Bizkaia y el resto a sus vasallos hijosdalgo (la "hidalguía universal" bizkaína se instaura en el Fuero Nuevo de 1526). 

En el Fuero Viejo se pide al señor de Bizkaia que obtenga el reconocimiento de sus derechos sobre las iglesias de patronato laico ante el papa, y en el Fuero Nuevo se señala la vigencia del consentimiento regio y papal para todos los bizkaínos (Ley I, tít. 32) y sostiene el Fuero que la mitad de los monasterios le pertenecen (cap. 214). 


Estas iglesias de patrón laico, en la documentación de Bizkaia, eran llamados "monasterios", lo curioso, es que casi todas lo eran. No hay que confundir estos monasterios con las congregaciones de monjes, que no existieron hasta el siglo XIV en Bizkaia, como vemos en el artículo https://lehoinabarra.blogspot.com/2021/04/los-primeros-conventos-y-las-ordenes.html

El historiador medievalista bizkaíno Andrés de Mañaricúa Nuere (Bilbao 1911-1988), señalaba que el término “monasterio” fue motivo de disputa ya en el concilio de Lleida del año 546, donde se determinó que ningún laico pudiese consagran una iglesia edificada por él como si fuese un monasterio, solo con el fin de separarla de la ley diocesana, sin que en ella existiese comunidad o para que a ella diese regla el obispo.  

En su trabajo “Eclesia y Monasterium elementos de ordenación de la sociedad de la Castilla altomedieval” (1993), Esther Peña Bocos, señalaba que monasterios como el de San Millán de la Cogolla en La Rioja, San Salvador de Oña o San Sebastián de Silos en Burgos, Consiguieron el privilegio de estar exentos del obispo de la diócesis para depender directamente del papa, al igual que otras iglesias más modestas. 

En 1390 el señor de Bizkaia y rey de Castilla Juan I, en las Cortes celebradas en Guadalajara, señalaba cómo a las iglesias de patronato laico "por mayor injuria les llaman en Guipuzcoa e en Vizcaya e Álava a tales Iglesias monesterios (sic.)".


En esas Cortes de Guadalajara, también se promulgó el "Ordenamiento de Lanzas", un sistema de reclutamiento de tropas, que en el caso de Bizkaia recibía el nombre de “ballesteros y lanças mareantes”, muy valorado por su condición marinera. Para sufragarlo, se recurría al sistema de “juros”, que no eran más mercedes reales vitalicias e incluso hereditarias aunque reintegrables a la hacienda regia. En esos juros se incluían los cobros de los diezmos de los monasterios, los salarios de los oficios como merinos y prebostes o las rentas de las ferrerías en nuestro caso.

El primer historiador bizkaino, el banderizo Lopez García de Salazar, en el capítulo XXV de su "Libro de las Bienandanzas e Fortunas" (1476), confirmaba el hecho de la fundación de iglesias por parte de la corona Nabarra, siendo iglesias de patronazgo (o patronato) laico (o lego), bien realengas (fundadas por el rey) o bien diviseras (fundadas por caballeros o damas)

Hablaba Lope García de Salazar, de una primera fase relacionada con la lucha contra el emirato de Córdoba, que correría a cargo de los caballeros, por tanto, alejada de tierras bizkainas, gipuzkoanas, del norte de Alaba y del Pirineo nabarro. 

Después vino una segunda fase, donde fue la propia corona nabarra la que fundó los "monasterios", al aumentar la población y para consolidad su poder e introducir el cristianismo, serían todos los restos románicos que tenemos en la Nabarra Occidental (s. XI-XII), creados dentro del reino de Nabarra. 

La ocupación temporal de gran parte de la Nabarra Occidental por Castilla con la ayuda de los Haro y sus vasallos en el año 1076, trajo la desaparición de la sede episcopal de Armentia. 

Solo en una tercera fase la iniciativa vendría del Vaticano o la Iglesia Católica, con el aumento de las villas y la construcción de iglesias en ellas, por tanto, más en los siglos XIII-XIV, dentro ya del estilo gótico, pero con importantes matices en cuanto a su construcción como vamos a ver. La situación fue similar en toda la Nabarra Occidental.

Se puede leer al respecto el artículo sobre la cristianización de Bizkaia por el Estado de Nabarra: https://lehoinabarra.blogspot.com/2018/10/nabarra-cristianizo-bizkaia.html

 

LAS ERMITAS EN AUZOLAN

Las ermitas donde se realizaban las Juntas Vecinales se hicieron en auzolan (o lorra en Bizkaia), entre todos los vecinos, mediante derramas y el trabajo en común, pero, lo que serán las iglesias parroquiales alrededor de los cuales se crearán las anteiglesias o municipios, requerían de una inversión solo al alcance de unos pocos caballeros o damas, miembros de las principales familias de la comarca.


Cofradía de Ipiñaburu (ermita de Santa Agueda y su comunal), la cual agrupa a los caseríos del entorno, siendo la base política de funcionamiento del derecho pirenaico o nabarro-baskón. Aun hoy, la ermita es sostenida por la comunidad vecinal, rotándose la responsabilidad de su cuidado anualmente entre los caseríos del vecindario. Los arreglos, limpieza, adornos, pagos al cura etc. se hacen mediante derramas. Sobre la creación de las ermitas y parroquias en toda la Nabarra Occidental, se puede leer el artículo: https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/11/las-instituciones-nabarras-de-bizkaia.html

LA EXPLOTACIÓN DE LA IGLESIA

Las iglesias diviseras por tanto, eran las construidas por caballeros o damas frente a las más abundantes de realengo. En estas últimas, el señor de Bizkaia o el rey de Nabarra (y después el de Castilla), nombraba un patrono o rector entre los nobles de su confianza para que llevasen la "fábrica" o la explotación del conjunto de bienes, así como la recaudación de los impuestos y limosnas de la iglesia. 

Los bienes no se limitaban a la iglesia o ermita para el culto, podían abarcar bosques para el carbón, madera para la construcción (edificios, utensilios y barcos), todo tipo de ganado (vacuno y ovino-caprino), frutales, tierras de labranza o seles para el pasto. 

En la documentación bizkaína del siglo XI, reinando Sancho Garcés "el de Nájera" (1035-54), ya se habla de la existencia de estos "monasterios" como hemos dicho, como el de San Agustín de Etxebarria en 1053 (hoy un barrio de Elorrio), erigida por los condes de Tabira de Durango Munio Sánchez y doña Leguncia de Etxebarria, la cual fue reedificada y ampliada a finales del siglo XV


El patronazgo, implicaba además, la recaudación del diezmo sobre las rentas agrícolas y de las primicias. El diezmo fue un impuesto generalizado desde los siglos XI y XII, lo que atrajo el interés de las familias más poderosas de cada comarca, hecho histórico muy relevante y que se aprecia en toda la Nabarra Occidental. 

Con el tiempo, en algunas iglesias incluso las diviseras, una parte del diezmo se lo quedaba la "fábrica" para el mantenimiento y reparación, y otras veces, muy pocas, los eclesiásticos de las mismas.

"El patronato laico vizcaíno en el Antiguo Régimen" Ángel Larrea Beobide




Mediante el derecho canónico “ius presentandi”, se permitía al patrono a nombrar vicarios beneficiarios, capellanes y otros oficiales de la iglesia pero siempre entre los naturales de la parroquia. Además tenían "honras, gracias, mercedes, preces y exenciones", como el de ser el primero en recibir la hostia sagrada o en ser rociados con agua bendita y demás rituales. También tenían derecho de preeminencia de asiento (silla perpetua y fija en la iglesia), el derecho de enterramiento (tumba y sepultura en lugar preferente) y el uso del blasón familiar.

A cambio, el caballero o dama, propietario laico o el patrono en nombre del rey, se ocupaba del mantenimiento de la iglesia, de todos sus bienes y de las necesidades de los clérigos. 

Los patronos diviseros, incluyeron como bienes "vinculados" a su mayorazgo, todos los del patronato, la propia Iglesia y todos los bienes adjuntos a ella, evitando así su expropiación futura.

LA CEREMONIA DEL PATRONAZGO

Existía una ceremonia de toma de posesión del patronato. En el caso del patronato regio, el Corregidor del señorío (el representante del rey en el mismo), convocaba al Prestamero como oficial regio en la iglesia objeto del patronazgo y el patrono acudía o mandaba a su representante. El Prestamero daba la mano al patrono y lo introducía en la iglesia para que tomara posesión de la misma. Durante la reunión se hacía sonar las campanas para que los feligreses supieran de la nueva posesión.

Estaban presentes en la ceremonia y firmaban el acta levantada por el escribano, los clérigos de la iglesia, el fiel o los fieles regidores del municipio, los miembros del cabildo (concejales) y el mayordomo o persona nombrada por el patrono para explotar la iglesias y sus bienes (ceremonias, tumbas, velas, animales, pastos, bosques etc.).

La explotación de la "fábrica" y de sus bienes, cuando el municipio era extenso, se usufructuada en parte a otros vecinos del municipio, como el cuidado de los animales o la explotación forestal.

El historiador y religioso Andrés de Mañaricúa en su libro Santa María de Begoña en la Historia Espiritual de Vizcaya (1950), nos habla del origen de los mayordomos: "Mencionemos finalmente al mayordomo. En 1410 había dispuesto el Sínodo de Logroño, que en cada parroquia hubiera dos primicerios o mayordomos, uno laico elegido por los laicos y otro clérigo elegido por los clérigos. Les correspondía cobrar las primicias y administrar los bienes de la iglesia. Rendían cuentas anualmente”.

El propio Mañaricúa señala que el cargo de mayordomo se elegía normalmente entre el Patrono y la Anteiglesia o Junta Vecinal. El Juez mayor de Bizkaia en Valladolid en 1556, de apellido Arpide, confirmó la sentencia del Corregidor de Bizkaia de que la elección de los mayordomos debía de ser consensuada entre ambos y no solo por el Patrono, tras un pleito de la Anteiglesia de Begoña que sería extensible al resto de iglesias bizkaínas.


Foto familia Eduardo Madina Etxebarria 1967

El acto de posesión de Andra Mari de Galdakano de 1614 del patrono Martín de Abendaño Ganboa y Bilbao, fue el siguiente y está lleno de simbolismos: 

“..y estando así juntos en presencia de Santiago Abad de Abendaño beneficiado y cura de dha yglª (dicha iglesia) Santa Maria de Galdacano el dho prestamero tomo de la mano a don Martin de Abendaño y le puso asentado en una silla de espaldas a la dcha yglª al lado del evangelio y el dch cura le dio la paz y un misal entre manos y el dho don mn (Martín) de Abendaño çerro y abrió las puerta de la dha yglª e hiço otros actos de poss.on (posesión)”.


LOS INTENTOS DE LA IGLESIA CATÓLICA DE EVITAR EL PATRONATO LAICO

Desde el concilio de Letrán del año 1179 en su canon XIV, se prohibía a los laicos cobrar los diezmos de las iglesias, pero no tenía carácter retroactivo, por lo que no afectaba a los ya instaurados.  Después, en el año 1184 el Papa Lucio III, ordenó a los obispos de la provincia tarraconense que no concedieran diezmos a los laicos bajo pena de suspensión de sus funciones

Pero "claúsula" de no retroactividad se mantuvo en el siglo XIV para los grandes señores, gracias a la intervención de los Ayala ante el señor de Bizkaia y rey de Castilla Juan I. Ernesto García Fernández, en su trabajo "La Edad Media: Mitos y Leyendas de la historiografía vasca" comenta: "En las Cortes de Guadalajara de 1390 los prelados se quejaron al rey de que en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya los legos (laicos) llevaban los diezmos y nombraban los clérigos contra derecho y por eso los hidalgos presentaron dicho memorial en dichas Cortes, el cual no es sino una defensa jurídica de sus intereses, sin que se presente prueba documental alguna que certifique el presunto derecho de los hidalgos (...) El rey de Castilla sentenció a favor de los hidalgos -no en vano también se le incluía a él como beneficiario de dichas iglesias-". 

La cuestión no era sin embargo tan sencilla, ya que, la propia Iglesia Católica que luchaba a finales del siglo XII contra la intromisión de la nobleza en lo que consideraba sus funciones y derechos, era la misma que falsificaba bulas en el siglo anterior a favor de los reyes de Nabarra y Aragón. 

Por tanto, casi ninguna iglesia, humilladero o ermita, era propiedad de la Iglesia Católica.


LOS OBISPOS TENÍAN PROHIBIDO ENTRAR EN BIZKAIA y QUIZÁS EN GIPUZKOA

Es más, la situación de poder de los Parientes Mayores y del señor de Bizkaia era tal, que los monasterios aragoneses (San Juan de La Peña), castellanos (Monasterio de Oña) y riojanos (San Millán o Nájera), así como sus obispos correspondientes, que reclamaban  derechos económico-eclesiales sobre parroquias de Bizkaia, no pudieron ejercerlos. De hechos, los obispos no pudieron pisar tierras bizkaínas hasta comienzos del siglo XVI, lo que es totalmente anómalo. 

Tampoco pisaron los obispos las tierras de Gipuzkoa durante los momentos más álgidos de la Guerra de Bandos según queda documentado, pero sí las tierras de Alaba o los señoríos que después la conformaron.



"Al igual que en el Señorío de Bizkaia, en Gipuzkoa, el dominio del obispo sobre las parroquias solía limitarse a la ordenación sacramental de los sacerdotes encargados de la labor pastoral (...). En el arciprestazgo de Léniz (valle del río Deba, tenencia Nabarra de Aitzorrotz), salvados algunos antecedentes aislados, las visitas (del obispo) empiezan a llegar con cierta asiduidad a partir de 1500, mientras que en el arciprestazgo de Gipuzkoa (tenencia Nabarra de Iputz) no se tienen noticias al respecto entre 1302 y 1501" ("De Ipuzkoa a la Hermandad de la villas de Gipuzkoa" José Ángel Lema Pueyo -2017-).


Diócesis y Arciprestazgos de Bizkaia en el siglo XII, F. García Cortázar (2018), estaba en Bizkaia el arciprestazgo del valle de Leniz o Leintz hasta su salida por la costa en Mutriku siguiendo el curso del río Deba, que coincidiría además con la tenencia de Aitzorrotz, perteneciente al obispado de Calahorra y La Calzada. 
Significativamente también, en Gipuzkoa había un segundo arciprestazgo coincidiendo con la tenencia Nabarra y dentro del obispado de Baiona, el de Hondarribia, que se reunía en el campo de Aristi, cerca de Irun. El central, el del arziprestazgo de Gipuzkoa o Ibarra, pertenecía al obispado de Pamplona-Iruñea.



En el Fuero Viejo de Bizkaia del año 1452, el obispo de Bizkaia, el cual residía en La Rioja (en Nájera y después en Calahorra-La Calzada), tenía prohibido entrar en el señorío, es así como los arciprestes eran los verdaderos gobernadores de la iglesia bizkaina para los asuntos del culto, una especie de pequeños obispos. 

Dice el Fuero Viejo bizkaíno que incluso se mate a los emisarios del obispo sin que se reciba pena alguna por ello. Este Fuero fue validado después por los reyes de Castilla como señores de Bizkaia:

“227. Otrosí dixieron que, por quanto antiguamente auían de fuero e uso e costumbre que en el dicho Condado non entrase Obispo ni sus vicarios, ni otrosí se publicasen sus cartas desaforadas contra los dichos escuderos e omes buenos de el dicho Condado vizcaínos (…) E otrosí, si alguno o algunos dieren fabor al tal vicario o uicarios, fiscal o fiscales, comissario o comisarios o presentadores de cartas de el dicho Obispo fueren muertos o feridos por algunos de los vizcaynos, por ser quebrantadores del dicho fuero, que los tales non ayanpena alguna, ni los juezes e justiçias puedan prender ni mandar prender ni tomar pesquisa. E en caso que lo fagan que lo tal non uala (valga)”.


Pedro González de Mendoza (Guadalajara, 1427 – 1495), de la Casa Mendoza, hijo de Íñigo López de Mendoza (I marqués de Santillana y XI de Mendoza), entonces una de la Grandes familias castellanas (con lejano origen alabés de su tatarabuelo Gonzalo Yañez de Mendoza, 1297-1359).
Fue Pedro llamado el 
Gran Cardenal: Obispo de Calahorra y de la Calzada (1454-1467), obispo de Sigüenza y Arzobispo de Toledo entre otros muchos cargos eclesiales. Además, hizo una importante carrera político-militar, fue canciller Mayor de Castilla, capellán del rey de Castilla-León Juan II, consejero del rey Enrique IV y de los Reyes Católicos, pero, con todo, no pudo entrar en Bizkaia para ejercer su obispado ni cobrar los diezmos y demás impuestos so pena de muerte.


El primer obispo en entrar en Bizkaia fue Díaz de Luco de Calahorra en el año 1545, tras promulgarse el Fuero Nuevo en 1526, que anuló ese apartado del Fuero Viejo...y pasar un tiempo más que prudencial por lo que se ve. 


Sin embargo, el Fuero nuevo de Bizkaia no acabó con el Patronato laico, ya que decía en la Ley VI de su Título primero


«Otrosí dijeron, que había de Fuero, uso y costumbres, y por los Reyes de Castilla, como Señores de Vizcaya, les fue siempre guardado, y confirmado, y mandado guardar por privilegio, que todas las tierras, y mercedes, y monasterios, y oficios de Vizcaya su Alteza diese, e hiciese merced de ellas a los caballeros, escuderos, hijosdalgo naturales, y vecinos de Vizcaya, y Encartaciones, y merindad de Durango, y vacando por muerte del uno, hiciese merced de las tales tierras, e mercedes, e monasterios, e oficios a otro natural, e vecino del dicho Señorío, e no a otro alguno...».


Este gran reconocimiento legal del patronato, no se da en ningún otro lugar, ni tan siquiera en siquiera Gipuzkoa, donde la fuerza de las villas era superior a la del señorío.


LOS LAICOS POSEEDORES DE LA IGLESIAS, LOS PARIENTES MAYORES

Este tipo de constitución laica fue la habitual en Bizkaia, Gipuzkoa o Alaba en el siglo XI en adelante, frente a las de constitución episcopal, más frecuente según se van creando las villas, según explica Julio Caro Baroja (“Historia del País Vasco Tomo V” pág 211). Pero no era así en todas las villas, en muchas de ellas, sus iglesias también son construcciones laicas.


Casa torre e iglesia de San Pedro de Urbina Basabe en Kartango, Alaba. Se compone de una iglesia "monasterial", de una torre defensiva adosada al templo y otros edificios menos importantes yuxtapuestos a los anteriores. La iglesia es de estilo románico, data del siglo XII, está erigida por tanto dentro del reino de Nabarra:
https://www.ananaturismo.com/lugares/casa-torre-urbina-basabe/


En su trabajo “Iglesia, religiosidad y sociedad en el País Vasco durante el siglo XIV” (2007), el doctor en historia y especialista en el medievo vasco, Ernesto García Fernández, comentaba que: 


"No sólo la nobleza se benefició de este modelo de relaciones socio-religiosas –entre los que hay que incluir de manera particular a los señores de Vizcaya–, sino también los concejos de algunas villas vascas, que dispusieron del patronato pleno o compartido con los clérigos beneficiados de sus respectivas parroquias, algunos conventos (San Francisco de Bermeo -en Bizkaia- y San Juan Bautista de Quejana -en Ayala-), monasterios (San Millán de la Cogolla -en La Rioja-), iglesias colegiales (Santa María de Cenarruza -en Bizkaia-) y la propia monarquía castellana que disfrutaron de prerrogativas similares sobre numerosos monasterios e iglesias parroquiales del País Vasco".


Pedro Vélez de Gebara, señor de Salinillas de Burandón, Alaba, testamento de 1584: " mi cuerpo sea sepultado en la yglesia de la dicha mi villa de Salinillas en la capilla que allí tengo en el bulto de mi señora doña Juana de Acuña mi abuela  yten mando que entretanto que mi cuerpo estubiere para poderse llebar mis huesos a la dicha capilla se deposite mi cuerpo en el monesterio de Santa Clara desta dicha villa entre la grada de la capilla de los Castillas y el altar questa fuera en la dicha yglesia [...]"

Es decir, dentro de la Guerra de Bandos, el señor de Bizkaia y el rey de Castilla, encontraron en el patronato de las iglesias parroquiales un suculento negocio, así como una forma de pagar lealtades o potenciar la economía de las villas que iban creando, en detrimento, no tanto de los feligreses que apenas notarían la diferencia, sino de la Iglesia Católica, que se quedó sin los diezmos, primicias y sin la explotación de los, en muchas ocasiones, numerosos bienes parroquiales. 


Cuando el patronazgo dejó de ser tan interesante económicamente, coincidiendo con el desarrollo de las villas y el comercio (siglo XVI en adelante), este patronazgo de legos o laicos, pasó a manos de familias segundonas del municipio que se beneficiaron de este sistema.



Pedro Vélaz de Guevara II “El Viejo” (c. 1352-1414), señor de Oñate. Cripta o “enterrorio de los condes” que se habilitó en el siglo XVII bajo el altar mayor.  Se trata de un sepulcro exento esculpido en alabastro. 


Es observable además, cómo en las iglesias durante el servicio religioso, estos señores y sus familias que habían pagado la construcción de la iglesia, ocupaban los puestos más relevantes de las bancadas, junto a otras familias hidalgas o de hijodalgo, que seguramente también aportaron una parte. 



En algunos casos, llegaron a tener sus tumbas y lápidas de piedra dentro de las iglesias, o los principales nichos en el cementerio adyacente (extensible a las familias hidalgas más relevantes), por ejemplo, en Andra Mari de Galdakano la familia del mismo nombre, o los Gebara en la Iglesia de San Miguel.



Torre Martiartu de Erandio y la ermita de San Antonio



La defensa que los nobles hacían de su derecho a la explotación de las iglesias de la Nabarra Occidental, estaba plenamente justificada delante del señor de Bizkaia y rey de Castilla por ganboínos y oñacinos, además de aceptada por éste:



"(...) En 1391 Juan de San Juan de Abendaño, Juan Alonso de Mújica, Gonzalo Gómez de Villela y Juan García de Areilza, caballeros vizcaínos, siendo menor de edad Enrique III, le tomaron juramento en Burgos de que se desplazaría lo antes posible a Vizcaya para jurar sus fueros, privilegios, buenos usos é buenas costumbres, libertades mercedes y tierras, según se acostumbró por los otros señores. 

Los cuatro caballeros, supuestamente representantes de los intereses de la Tierra Llana (anteiglesias o pueblos, sin amurallar), se preocuparon de recordar al monarca que Vizcaya estaba exenta del pago de tributos a los obispados de Burgos y Calahorra . De esta manera protegían sus derechos de patronazgo” (Ernesto García Fernández -2007-).

En el centro, las tumbas del Canciller Ayala Pedro López de Ayala y de su mujer Leonor de Guzmán (no confundir con la favorita del Alfonso XI), en el lateral, la de su padre Fernán Pérez de Ayala en Quejana (valle de Ayala)


En la Crónica de los reyes de Castilla de Pedro López de Ayala (Vitoria 1332- Calahorra 1407), se trata el mismo tema de los monasterios de la Nabarra Occidental, por las fechas en las que está escrita, el momento más importante de esta cuestión, la información de primera mano tiene especial relevancia: 


“Señor: así es verdad que de quatrocientos años acá, así que non es memoria de omes en contrario nin por vista nin oído, vos, Señor, en Vizcaya e Guipuzcoa e otros logares, e nosotros e otros Fijosdalgo que aquí non son, levamos siempre los diezmos de tales iglesias como ellos dicen, poniendo en cada iglesia clérigo, e dándole cierto mantenimiento e diezmos señalados al dicho clérigo o clérigos que sirven las tales iglesias”.

 

Intento de pacificación de los bandos ante Gonzalo Moro, 
 corregidor del rey de Castilla en Bizkaia y veedor en Gipuzkoa y las Enkartaciones durante los años 1394-1427. Cuadro de José de Echenagusia Errazquin "Echena" (Hondarribia 1844- Roma 1912).



LAS MUJERES O DAMAS PROPIETARIAS DE IGLESIAS

El patronato de la iglesias y ermitas no era solo cosa de caballeros, muchos de los templos fueron patrocinados por ricas damas, las cuales destacan en el románico alabés, cuyas esfinges, adornan numerosas iglesias en sus pórticos y arcos, así como en puertas y vanos:

Dama patrona de la iglesia en el arco central de Tuesta 

Dama patrona de Otazu, a las afueras de Vitoria-Gasteiz, portada del mismo siglo XIII

Iglesia Santa Columba de Argandoña, cercana a Estíbaliz s. XIII


Portada de la Iglesia de Durana siglo XIII


San Pedro Apóstol Beluntza en Alaba s. XIII

Dama patrona de Gordoa


Damas patronas Katadiano


Dama patrona de Miñano Menor

Dama patrona de Añua

Dama patrona de Okina

Dama patrona de Olano

Nuestra Señora de Ayala en Ayala

Damas de Alaiza con el mismo turbante

Detalle de la portada del siglo XIII de Andra Mari de Galdakano.
Serían probablemente la mujer de Sancho de Galdakano (posiblemente de origen alabés) y su hija o hijo, la toca es de hombre según Kosme María de Barañano Letamendia y Fco Javier González de Durana Isusi en "Acerca del arte románico en San Agustín de Etxebarria, Sta María de Galdácano y de Vizcaya en general" (Revista KOBIE nº1 1983), donde además señalan: "El tercero es la cabeza de una mujer con el mismo tipo de gorro y cuello. Encima siete rosetones, a los costados dos especies de espirales. En Puente la Reina hay una cabeza de mujer con tocado pero no propiamente en el capitel, sino debajo de éste, entre la columna y él. En capitel encontramos en la iglesia de Belunza (Alaba) y en la de Marañón (Alta Nabarra, Tierra Estella cerca de Bernedo, Alaba). Este tipo de gorros, o mejor tocas con rizado, que según el P. Flórez se llamaban caramellos (sic) -nosotros pensamos que el caramiello tiene forma de mitra –(…)" 
Este tipo de gorros estuvieron estuvieron de moda reinando los Teobaldo o Thibalt en Nabarra (de origen francés) y Alfonso X el Sabio (1221-1284) en  Castilla y dejaron de usarse al parecer después del de Sancho IV (1284-1295), según Leopoldo Torres Balbás, "aunque la moda provenía de Francia: Camille Eulart, Manuel d'archeologie française". Más información en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/03/hipotesis-sobre-la-procedencia-de.html




LOS LINAJES CON PATRONAZGO

Los linajes con patronazgo sobre iglesias son muchos, podríamos decir que todos los principales, como: los Gebara, Lazkano y Balda en Gipuzkoa, los Albiz, Arteaga, Yarza, Ibáñez de Marquina, Marzana, Ibarguen, Zaldibar, Berriz, Legizamon, Ayala, Abendaño, Mezeta, Villela, Mugika, Anuncibai, Butrón e Ibargoen en Bizkaia y Ayala....y, por supuesto, los señores de Bizkaia y reyes de Castilla en esos siglos XIII-XV, los Haro-Trastámara.


Andra Mari años 40 del siglo XX, Foto: Indalecio Ojanguren


El historiador bizkaíno E. Labayru (Batangas en Filipinas 1845-Bilbao 1904) en su "Historia de Bizcaya" (1900), demuestra que en el siglo XIV en Bizkaia, había: "En suma: veintiocho iglesias (28) que pasan por diviseras o fundación particular (...) ante sesenta y una (61) que no tienen ese origen (de realengo), cuatro (4) dudosas y algunas, muy pocas también, de desconocido principio". Por tanto, al menos 100 iglesias bizkaínas, no han sido de la Iglesia Católica nunca.

Sigue comentando Labayru: "Un buen número de contiendas y litigios se ha evidenciado cuán ilegítimamente arrogaron muchos particulares el título de patronos diviseros, del cual les despojaron la Real Cámara una veces, otras la Cancillería de Valladolid, y algunas la Sagrada Rota (tribunal del Vaticano)". 

Lekeitio. Andra Mari basílica de la Asunción de Nuestra Señora


La de los Abendaño, era entonces la principal familia bizkaína, descendientes del último de los Gebara tenentes con Nabarra, se trataba de Pedro Ladrón de Gebara (conde de Oñati y tenente de Bizkaia, Gipuzkoa y Alaba). 

Uno de sus hijos, será el cabeza de los ganboínos pronabarros en Alaba desde Ullibarri-Ganboa y otro el primer Abendaño alabés,  asentados a finales del siglo XII en Puentelatorre en Galdakano antes de recalar en Urkizu (Igorre), acogido el último de ellos siendo un mozo por Sancho de Galdakano, fundador laico de la iglesia Andra Mari de Galdakano ("Genealogía de los Ayala" Pedro López de Ayala 1371, para más información sobre los Abendaño: https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/07/origen-de-los-abendano-cabeza-los.html). 

En el siguiente mapa se puede observar todas las iglesias y sus bienes de los cuales eran patronos:

 El mapa sería de finales del siglo XIV y principios del XV, el momento más álgido de los patronatos laicos. En él se ve cómo los señores de Bizkaia y reyes de Castilla, compraron la lealtad de los díscolos Abendaño, cabeza de los ganboínos, con los patronazgos de iglesias entre otras prebendas, como la de Santa María o Andra Mari de Galdakano-

En el año 1600, los cabezas de los Bandos:

Los Abendaño 24 patronatos exclusivos 3.500 ducados, 10% provenientes de patronato divisero 90% mercenario o de realengo.

Muxika-Butrón 21 patronatos no todos exclusivos 3.000 ducados


"El patronato laico vizcaíno en el Antiguo Régimen" Ángel Larrea Beobide
La merindad de Zornotza (anteiglesias de Amorebieta, Etxano, Gorostiza e Ibarruri -éstas dos últimas hoy son barrios de Muxika-), era la única donde el patronato eclesiástico superaba al laico (año 1616)


Para hacernos una idea de los ingresos que suponían para el patrono laico la explotación de los "monasterios", podemos ver a finales del siglo XV, el coste del "arrendamiento" de las iglesias por el Señor de Bizkaia y rey de Castilla, y el listado parcial de los patronos, era el siguiente:



Sirva de muestra, la descripción de la riqueza de su propia casa que hace el banderizo muñatón Lope García de Salazar, otra de las grandes familias de Bizkaia y de las principales de las Enkartaciones, la cual nos da una resumen de las fuentes de riqueza de los banderizos y de cómo ejercían el patronato de los "monasterios" o iglesias que podían ser, por lo visto, incluso sobre "parte de las mismas":

"Iglesias o partes de las mismas (San Vicente de Baracaldo, San Llorente de Virbujillo...), mortuorios (en Sopuerta, Galdames, Somorrostro), alcaldía (de Sopuerta), prebostad (de Portugalete), merindad (de Castro, comprada a Fernando González de la Marca), ferrerías (de Carranza, Arenado, los Vados, Urdudoquieta,...), molinos y aceñas (de Belmonte y otros lugares), manzanales, viñas (de Islares y Castro), solares, casas, torres y palacios (en Islares, Vitoria, Castaños, Valperri...), derechos sobre los puertos (de San Martín, Musques y Ciérvana) y sobre las venas, cuyo precio aumentaron" (A. García Cortázar en “Investigaciones sobre la historia medieval del País Vasco”)

San Vicente de Barakaldo


LA RECENTRALIZACIÓN DEL PATRONATO LAICO EN LA CORONA

En el año 1489 los Reyes Católicos declararon que todos los monasterios e anteiglesias de realengo del señorío de Bizkaia volvieran a la propiedad real, y que solo ellos podía concederla sin la intervención de la autoridad apostólica u ordinaria (J.A. García Cortázar, “Vizcaya en el siglo XV”). Se siguió con el patronato laico de las propiedades de realengo a cambio de "media annata" o renta que se concedía de manera vitalicia sin derecho a herencia o para tan solo tres generaciones, tras la cuales se volvía a dar la merced o divisa a otro patrono, siempre cercano a la corona española.

Hernán Suárez de Toledo fue en 1569 el comisionado del rey de Las Españas Felipe II de Austria, llegó a Bizkaia para saber cuantas iglesias eran realengas y cuantas de patronazgo laico, visitó 135 y reconoció como realengas 63 mediante declaración jurada de testigos. La corona de Las Españas se iba quedando con los patronazgos laicos que quedaban sin descendencia.

En una relación del siglo XVII del Archivo Histórico Nacional de España, consta un listado exhaustivo de todos los bienes que integran el Real Patronato, incluidas “las 72 anteiglesias del Señorío”. 

Según el trabajo de Arsenio Dacosta Martínez  "Patronos y linajes en el Señorío de Bizkaia" (revista Vasconia nº 29 -1999- Eusko Ikaskuntza) donde indagaba sobre las "pesquisas, nóminas y relaciones" eclesiales, el 80% del patronazgo de la iglesias de Bizkaia estaban en manos de las grandes linajes o Parientes Mayores en la Baja Edad Media, además de muchas ermitas. 

Un trabajo similar existe para Gipuzkoa con J.R, Diaz de Durana para los siglos principales del patronato con similares conclusiones ("Patronatos, patronos. clérigos y parroquianos...de los Parientes Mayores guipuzcoanos siglos XIV y XV -1998-).


EL CASO DE GIPUZKOA

Mapa de Eneko Del Castillo

En el caso de Gipuzkoa la situación es parecida, casi todas las iglesias, ermitas y humilladeros fueron fundadas por laicos, en auzolan o por un rico potentado. 

Antes del siglo XI, solo tenemos constancia documental de la existencia de cuatro iglesias, San Salvador de Olazabal en Altzo (la única en la tenencia nabarra de Iputz, hoy Gipuzkoa), el templo de San Miguel de Haritzeta en Bergara (tenencia de Aitzorrotz), San Andrés de Astigarribia en Mutriku (entonces dentro de la tenencia de Bizkaia), la del Antiguo en el valle y tenencia Hernani-San Sebastián (hoy dentro del término de San Sebastián-Donostia).

Santa María la Real de Zarautz

Además, gracias a la arqueología, sabemos de otras dos o tres. Santa María la Real de Zarautz, que según las últimas excavaciones sería del siglo IX, por lo que estaríamos ante la más antigua de la tenencia de Iputz y quizás la más antigua de la Edad Media de toda Gipuzkoa.

Santa Elena de Irun tiene restos arqueológicos de época tardo-romana, donde han aparecido numerosas monedas, algunas del tiempo de Guillermo Sancho, conde de Burdeos y duque de Baskonia, por lo que la ermita actual se puede datar, por el momento, desde el siglo X. 

Por otro lado, San Martín de Iraurgi en Azkoitia, tiene una necrópolis del siglo VIII, pero son cremaciones, que dudosamente serían cristianas, ya que en esta religión se inhumaban los cuerpos y no hay símbolos cristianos de esa época.


San Miguel de Haritzeta, Bergara https://www.euskadi.eus/app/ondarea/patrimonio-arqueologico/templo-de-san-miguel-de-aritzeta/iglesia/bergara/-haritzeta/fichaconsulta/56582


Pero, el desarrollo de las parroquias debió de tomar un impulso decisivo desde fines del siglo XII. Para entonces, la documentación escrita habla de tres nuevos núcleos: los templos donostiarras de Andra Mari de Koruko (hoy basílica) y San Vicente en "lo viejo", además de la parroquia de Santa Fe de Zaldibia en el Goierri. 

"Con todas las cautelas en cuanto a datación relativa a sus inicios, la arqueología da a entender que en una horquilla que iría de 1000 a 1200 ya debían de estar consolidadas -¿siempre con la misma advocación?- San Esteban de Lartaun en Oiartzun, San Pedro de Aia, San Esteban de Laskoain en Tolosa, San Pedro de Iromendi en Bidania, San Miguel de Irura, San Martín de Askizu y San Salva­dor en Getaria" ("De Ipuzkoa a las Hermandad de las Villas de Guipuzcoa s.VI-XV" J.A. Lema Pueyo -2017-).

San Salvador de la villa nabarra de Getaria


Era la de los Gebara la familia más poderosa de Gipuzkoa y una de las más poderosa de Alaba, incluso después de la conquista castellana, siendo miembros de esta familia Merino Mayor de Gipuzkoa en 14 ocasiones entre 1304 y 1370 y miembros destacados de la Cofradía de Arriaga hasta su disolución en 1332. En 1305 ostentaban solo en Gipuzkoa-valle de Leniz, los patronatos de: Santa Marina de Oxirondo en Bergara, San Juan de Uzarraga en Antzuola, Santa María de Zarautz, San Pedro de Arriaran en Beasain y San Sebastián de Soreasu en Azpeitia. También fueron patrones del monasterio de Angiozar de Bergara y de Nuestra Señora de la Asunción de Elgeta.

Iglesia parroquial de Elgeta documentada desde el siglo XIV, hoy muy transformada

Tras la creación de nuevas parroquias durante el siglo XV por la separación de algunas de las entonces existentes al crearse nuevos pueblos, sigue Lema Pueyo explicando:

"De las 125 (parroquias) existentes en el siglo XV, 10 están bajo el patronato de las autoridades de las villas, 26 son gestionadas por las correspondientes comunidades de feli­greses, mientras que 63 están en manos de señores laicos -parientes mayores e hidalgos de sus redes clientelares- que ejercen su patronato sobre ellas: cobran sus rentas decimales, dejando unos pobres remanentes para el sustento de los clérigos, eligen al párroco entre personas de su confianza, reservando al obispo sólo su consagración, y se hacen enterrar, con sus familiares, en el templo. 

Han conseguido tales prerrogativas por derechos de fundación del templo, por merced de los reyes, por negociación con los vecinos a la hora de fundar una villa, como ocurre en Zumaia, o por simple usurpación bajo amenazas.

Es paradigmático el caso de los Lazcano, quienes para 1450 disponen de nueve parroquias -Aginaga, Ataun, Idiazabal, Lazkao, Mutiloa, Olaberria, Segura, Zaldibia y Zumarraga-".

Por tanto, de las 125 iglesias que había en el siglo XV en Gipuzkoa, al menos 99, no eran propiedad de  la Iglesia Católica.


San Andrés de Astigarribia, documentada desde el siglo XI
Lugar donde finalizaba Bizkaia, 
según escribía el obispo Bernardo de Baiona en el año 1108



EL FINAL DEL PATRONATO LAICO

En las Juntas Generales  de Bizkaia, reunidas como era costumbre «so el árbol de la antigua de Gernika día miércoles que se quitan seis días del mes de mayo de mil y seiscientos y quarenta y ocho años», se adoptó el siguiente acuerdo: «Que se suplique a su Magd. que en bacando algunos patronazgos haga merced al Señorío para que mejor pueda acudir a su Real servicio».

En el siglo XVII, desde al menos 1648, se pueden encontrar intentos por parte del Señorío de Bizkaia a través de la Diputación de hacerse con el control de los patronatos de realengo. 


Gernika siglo XV


Por ejemplo, en las Juntas Generales del 7 de mayo de 1653, "se solicita para el Señorío el patronazgo de Mallabia". En este caso se recurre a la Ley 6. del Título 1.° del Fuero nuevo de Bizkaia (1526), para pedir que no le sea concedido el patronato de Mallabia a Don Pedro Ignacio de Alcolazas e Idiáquez, por no ser natural del Señorío, solicitando para el Señorío la merced del mismo en remuneración de los servicios que continuamente presta a S.M.". 

Torre de Ugarte en Gamiz, Gamiz-Fika (Bizkaia). Los Ugarte eran patronos de la iglesia de San Andrés de Gamiz. Ref. Javier de Ybarra y Pedro de Garmendia, Torres de Vizcaya, vol. 2

Es decir, fue el Señorío (hoy sería su sucesora la Diputación), quien fue reclamando a la corona el patronazgo de las iglesias bizkaínas y  no la Iglesia Católica. Fue un largo proceso que no acabó hasta el siglo XIX, mientras, la corona iba "alquilando" la explotación de las iglesias de realengo por períodos cortos.


LISTADO DE LAS INMATRICULACIONES


El listado es "eterno", por lo que solo reproduzco el de Bizkaia y desde 1978 que es el más corto, todas las inmatriculaciones está en la web:



EN BIZKAIA

 

Abanto Zierbena Terreno 11/12/1992

Abanto Zierbena Finca Urbana 18/01/1993

Arrankudiaga Iglesia y Casa Cural 05/11/1986

Arteaga Cementerio 15/07/1983

Arteaga Ermita San Martín 15/07/1983

Arteaga Ermita Santiago 15/07/1983

Arteaga Finca Rústica 15/07/1983

Artzentales Finca Rústica 12/06/2015

Artzentales Iglesia Santa Cruz y Casa Cural 12/06/2015

Atxondo Parroquia y Casa Cural 06/04/1993

Aulesti Cementerio 25/04/1989

Barakaldo Parroquia San José 23/09/1988

Barrika Casa Cural 05/09/1988

Berango Ermita Santa Ana 09/02/1988

Bilbo Parroquia 01/01/1990

Bilbo Parroquia Buen Pastor y Santa Teresa de Jesús 06/04/2006

Busturia Parroquia Asunción Nuestra Señora de Axpe 03/07/1984

Busturia Finca Rústica 03/07/1984

Dima Ermita Santa Apolonia 18/10/1999

Dima Ermita Santa Marina 18/10/1999

Dima Finca Rústica 18/10/1999

 Elantxobe Vivienda 13/07/2015

Elorrio Finca Rústica 30/10/2006

Elorrio Finca Rústica 01/12/1999

Ereño Ermita 04/10/1983

Ereño Parroquia San Miguel Arcángel 04/10/1983

Ereño Cementerio 04/10/1983

Ereño Terreno 04/10/1983

Ereño Ermita Santa Catalina 04/10/1983 

Etxebarria Parroquia San Andrés 13/05/1981

Etxebarria Cementerio 13/05/1981

Gordexola Casa y finca 12/05/1987

Gordexola Salón parroquial y terreno 02/11/1987

Gordexola Casa Cural 02/11/1987

Gordexola Monte maderable 11/06/2015

Gordexola Finca Rústica 12/05/2015

Gordexola Casa Cural 17/01/1991

Gueñes Finca Rústica 20/09/1996

Gueñes Finca Rústica 20/09/1996

Gueñes Finca Rústica 20/09/1996

Gueñes Finca Rústica 20/09/1996

Gueñes Iglesia San Miguel 20/09/1996

Gueñes Finca Rústica 20/09/1996

Gueñes Iglesia San Pedro 20/09/1996

Ispaster Ermita Santiago apostol 09/08/2006

Iurreta Ermita San Andrés 19/01/1994

Karrantza Harana Terreno 02/07/2003

 Leioa Pastizal Askartza 06/03/2008

Markina-Xemein Convento RRPP Carmelitas 26/03/2015

Markina-Xemein Finca Rústica 13/05/1981

Morga Casa Cural 20/10/1989

Morga Ermita Santo Cristo 20/10/1989

Mungia Solar 28/07/1983

Muskiz Parroquia San Julian 22/06/1984

Muskiz Parroquia San Juan Bautista 22/06/1984

Muskiz Parroquia San Nicolás de Bari 22/06/1984

Muskiz Ermita Nuestra Señora del Socorro 22/06/1984

Muskiz Parroquia Nuestra Señora de la Asunción 22/06/1984

Nabarniz Parroquia Santa María de Gorostiza 27/11/1985

Orozko Iglesia San Bartolomé Apostol de Olarte 22/06/2015

Orozko Cementerio San Bartolomé Apostol de Olarte 22/06/2015

Sopuerta Ruinas 02/07/2003 Urduña Casa Cural 08/09/1981

Ziortza-Bolibar Casa 22/06/1991