"Las edades eran tempranas: según disposiciones del obispado de Pamplona de mediados del siglo XIV, mujer y varón podían prometerse a la edad de siete años, si bien no habrían de casarse hasta que ella cumpliese, al menos, doce y él, catorce.
Habitualmente, era extraño que una mujer contrajese matrimonio por primera vez después de los veinticinco años y la edad más frecuente era en torno a los dieciocho".
Por otro lado, parece también bastante claro que, entre las clases altas, se miraba más la unión de patrimonios y de mayorazgos que la voluntad de los contrayentes. Aunque, cualquier propietario de un caserío o baserri, no estaba libre de esta discusión según indica Lema Pueyo:
"Entre las clases altas, la elección de cónyuge era decidida de acuerdo a intereses familiares. A pesar de que la Iglesia desde el IV Concilio de Letrán (año 1215) insistía en el libre consentimiento de los contrayentes, las autoridades eclesiásticas y civiles daban preferencia a la voluntad de los padres.
Estos, solían elegir según criterios de nivel social, fomentando la homogamia -el matrimonio entre iguales-. En ocasiones, no había inconveniente en preparar enlaces entre parientes, a fin de agrupar mejor el patrimonio dividido entre ramas dispersas, a pesar del veto impuesto desde antiguo por la Iglesia a las uniones consanguíneas".
Sin embargo, entre las clases sociales medias y bajas, según Leah Otis-Cour y Alac McFarlane, el matrimonio medieval tenía una naturaleza increíblemente “moderna”, eran por amor en su mayoría o de libre consentimiento, monogamia, igualdad, indisolubilidad, neolocalidad y relatividad de la importancia de los hijos, aplicables también a todo el territorio de Nabarra.
"Los ritos nupciales estaban compuestos por dos actos sucesivos y complementarios. El primero de ellos eran los esponsales o promesas matrimoniales,
que revestían dos modalidades: el matrimonio por palabras de futuro, que consistía en el establecimiento de un acuerdo privado entre los cónyuges y sus familias y suponía el primer paso en firme para la consumación de la boda; y el
matrimonio por palabras de presente, que era el casamiento propiamente dicho,
aunque no convertía la unión en indisoluble, ya que este carácter sólo era adquirido tras la cópula carnal de los recién casados (...).
Códice de Trajes del s. XVI del Imperio de Carlos V de Alemania (1500-1557) -anónimo-
"Pisgeina" es Bizkaia y "Nawara" es Navarra
En diversos sínodos celebrados en las diócesis que
comprendían el territorio vasco, la de Pamplona y la de Calahorra, se incidió en
más de una ocasión en la obligatoriedad de velarse y publicitar el acto con antelación en el seno de la comunidad mediante las amonestaciones. El sínodo del
obispo de Calahorra y la Calzada don Diego de Zuñiga de 1410, por ejemplo,
establecía: “que los desposorios por palabras de presente se hagan a las puertas de las yglesias, y los que se casaren y no se presentaren a la Yglesia, los
echen por descomulgados”, y sentaba el procedimiento a seguir: “tañiendo las
campanas de la yglesia en dia de fiesta o en otro dia y a las puertas de la yglesia diziendo el clerigo y notificando por una, dos y tres vezes a los que y fueren
si saben algun grado de parentesco o afinidad o impedimento alguno ser entre
ellos que lo digan (...)
Un pleito (de Azkoitia) de los años treinta del XVI nos brinda algunos datos que demuestran que, a principios de ese siglo, aún no estaba totalmente asimilado el matrimonio de bendiciones (...) Los
casamientos, según se testificaba en el pleito, se solían realizar algunas veces
en la puerta de la iglesia y otras veces en casa de algunos parientes, aunque se
aclaraba que, por la presión de los sacerdotes, “son obligados so pena de excomunión de tomar la bendición de la belaçion”. Se alegaba que el citado matrimonio de Azkoitia “pasó sin sacerdote y en lugar yermo e no se belaron”" Janire Castrillo Casado (Mujeres y matrimonio en las tres provincias vascas durante la Baja Edad Media -2009-)
LAS CELEBRACIONES
Las celebraciones empezaban en el mismo momento de la concertación de la boda según Lema Pueyo:
"Una vez conseguido el acuerdo interfamiliar, se efectuaban los esponsales, es decir, se expresaba públicamente el compromiso de casamiento, que podía tener lugar por palabras de futuro, marcando un plazo para la unión, o por palabras de presente, con efecto inmediato. En los casos más completos, a los esponsales seguían las solemnidades de la misa nupcial, a fin de marcar la sacralidad del acto (...)".
"El banquete de bodas, a menudo multitudinario, era ocasión para derroches y ostentación de status por parte de las familias, lo que atraería la intervención de la Provincia de Gipuzkoa en 1492, para imponer límites en el número de invitados y en el nivel de gasto. Las apariencias contaban.
El proceso entero, especialmente cuando había en juego intereses patrimoniales, exigía ya a fines de la Edad Media, un contrato escrito ante notario, que regulaba las donaciones matrimoniales mediante las arras y la dote, que aportaban respectivamente la familia del marido y la de la esposa. Esta, además, recibía el ajuar o arreo mujeril consistente en bienes de uso básico y cotidiano (vestidos de lino, sábanas, arcones y todo tipo de bienes de uso familiar, similar a una "lista de bodas" actual)".
Después volveremos sobre este tema, ya que, también era frecuente y está documentada la dote del marido cuando éste iba a la casa de su nueva mujer, hecho que, como hemos visto, era también frecuente.
No deja de ser curioso observar, como, pese a los prejuicios actuales sobre la Edad Media, la realidad era más sencilla y más alejada de la religión de lo que era incluso lo era hace menos de 50 años.
En la Edad Media, el matrimonio entre las clases populares urbanas y entre el campesinado vasconabarro, aún en el siglo XVI, se celebraba en muchas ocasiones con una sencilla jura ante testigos fuera de sagrado, incluso en un despoblado, y no siempre eran bendecidas estas uniones por un sacerdote después.
Nos decía el historiador artajonés Jimeno Jurio (1927-2002), que durante la Edad Media, hubo en el reino baskón dos maneras de celebrar el matrimonio: el hecho a “fuero de iglesia” y el “leal coniugio”. Este segundo tipo de matrimonio, se recogía en el Fuero General de Nabarra, por lo que, durante toda la Edad Media, existió el matrimonio civil, sin sacerdote y con un mínimo de dos testigos, válido a todos los efectos.
Tenemos el ejemplo de las familias nmás importantes hijodalgos de Galdakano, los Aldape-Isasi y los Usansolo, los cuales, según no cuenta el galdakanés conocedor de la historia del pueblo Eduardo Madina, se casaron primero en una de sus casas-torre, en la de Urreta, y después en la iglesia parroquial de Andra Mari de Elexalde:
"Gaspar de Aldape Isasi, quien para afianzar más estas
posesiones, se casó con María Pérez de Usunsolo y Asueta, hija de Juan de Usunsolo
y Marina de Asueta, descendiente del mismo linaje de Usunsolo, quienes fueron
los poseedores originarios de esta torre de Urreta, este apaño matrimonial se
hizo en la misma torre de Urreta el 14 de mayo de 1582 previas las
capitulaciones matrimoniales que pasaron por testimonio de Prudencio de Isasi,
escribano, el matrimonio lo celebro “Sancho abad de Arechaga, teniente de cura
de la dicha iglesia de Galdacano, quien incontinente dio las manos y esposo y
caso a los dichos …”, esta unión se volvió a celebrar en la iglesia Andra Mari
el 24 de mayo de 1582".
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De este estilo sería la torre Urreta de Galdakano, pero es del siglo XV según la documentación disponible (testamento del año 1514 de los Isasi y foguerización de ese mismo año). En esta construcción, se ve claramente el tránsito de la casa-torre al caserío, mantiene su forma pero se adapta a las nuevas funciones de labranza. Junto a la torre, había otros caseríos menores (como la torre menor de Urreta)
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Es más, antes de celebrar estas bodas civiles, muchas parejas se amancebaban y sólo se casaba tras ver que tenían descendencia, asegurándose la continuidad de la hacienda o caserío (a veces ni entonces), siguiendo incluso en las bodas las antiguas tradiciones vasconabarras precristianas hasta que la Iglesia católica les obligó a practicar su rito, cosa que no consiguió durante la Edad Media ni en la Edad Moderna como vamos a ver.
Si los padres de la pareja eran remisos a aceptar la boda, no era infrecuente forzar el matrimonio por la pareja de contrayentes. Lema Pueyo explica como: "Un matrimonio podía celebrarse clandestinamente, es decir, sin darle la debida publicidad y, sobre todo, sin consentimiento familiar. En otros casos, se intentaba forzar las cosas mediante el secuestro y la violación de la mujer, para seguidamente pedir la mano de la víctima a sus padres, siempre que estos ofrecieran el perdón por el daño causado.
De manera indirecta el fuero de Donostia/San Sebastián recoge un eco de esta costumbre. También era posible que se organizase un rapto fingido y pactado a fin de concertar un matrimonio mal visto por las familias de los cónyuges".
El historiador Peio Esarte, comenta que en "La Carta de malhechores que regía en Baiona en el XII (...), en el caso de un violador acusado, podía escapar del castigo, si se casaba con la víctima. Pero en el caso de ser rechazado por ella, el agresor quedaba sometido a la voluntad de los padres de la ofendida. La reglamentación recogía además que “todo hombre que haga violencia a una mujer, si es convicto, será condenado a pagar 66 soles, la mitad para el señor y la otra mitad a la parte querellante o casarse con la mujer si ella lo desea”.
EL AMANCEBAMIENTO EN EL ESTAMENTO ECLESIAL
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En el "Decamerón" de Giovanni Boccacio (1349), también se trata esta cuestión. El dibujo es de la edición publicada en Paris a mediados del siglo XV: El clérigo comparte una comida con una pareja y se acuesta con la esposa mientras que el marido reza en la terraza |
Tenemos pleitos interpuestos contra el amancebamiento como éste de 1550: "Ochoa de Ugarte, vecino de la anteiglesia de San Miguel de Basauri,
contra Lope de Iragorri de Artunduaga, vecino de la anteiglesia de Zaratamo y
contra Sánchez de Chabarria, vecina de la de Galdacano. Acusar a los demandados de vivir amancebados"
El amancebamiento también se daba en el estamento eclesial de manera habitual, de hecho, no fue perseguido por la Iglesia Católica hasta el Concilio de Trento (1545-63), aunque perduró alguna generación más, ya que era una práctica muy extendida.
En Nabarra, conocemos lo extendido que estaba gracias a un documento del arzobispo de Pamplona-Iruñea de 1295. En ese año, en el obispado había 200 clérigos amencebados con sus respectivas mujeres. En el "Libro del Buen Amor" de mediados del siglo XIV de Juan Ruiz, arcipreste de Hita, se trata con profusión el tema.
FÓRMULAS DE PEDIDA
Respecto a las fórmulas para el compromiso matrimonial empleadas por las parejas fuera del matrimonio eclesial, son realmente atemporales como significativas de su voluntariedad.
El editor nabarro Jose Mari Esparza (1951), comentaba la fórmula de la boda de dos vecinos de Zufía, Mari-Miguel y Diego del año 1552, que se conserva gracias a un juicio posterior en la que los testigos afirman que la pareja:
Se tomaron las manos derechas y el dicho Diego de Zufía dijo estas palabras:
- Nic Diego de Zufia ematen drauzut neure fedea zuri María Miguel ez verçe senarric egiteco (Yo Diego de Zubia te doy fé a ti María Miguel para que no tengas más maridos)
Y luego la dicha Mari-Miguel, estando así tomada de las manos, acepta y promete hacerlo así:
- Alaver nic Mari-Miguel ematen drauzut zuri Diego neure fedea ene senarçat eta ez verçe senarric egitecoz zu bayci».
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"Las festividades se prolongaban durante tres domingos consecutivos, y las
novias acudían a la iglesia con un sequito impresionante de mujeres. Según las
autoridades reales, esto era “desmedido” y “causa de alboroto”, por lo que se
dictó una ordenanza regulando el número de mujeres que podían acompañar a
la novia cada día. Esto también fue recogido en una ordenanza bilbaína de
1499, que estableció que el primer día la pudieran acompañar veinte mujeres,
el segundo ocho, y el tercero y último cuatro, bajo pena de cincuenta maravedíes por cada acompañante de más" Janire Castrillo Casado (Mujeres y matrimonio en las tres provincias vascas durante la Baja Edad Media -2009-) |
La promesa del año 1547 entre la moza de Uterga Joanna y un mozo del pueblo de Adiós, era la siguiente, los cuales se tomaron también los dos manos derechas y él le dijo en hitano:
«Nic Martín y Joanna arçenaut neure alaroçaát / eta hic arnaçan yre esposoçat / eta prometaçen dinat ez vede emazteric eguiteco y baycen viçi nayçen artean / eta guardaçeco lealtadea / ala fede, ala fede, la fede».
A lo que ella contestó: «Nic Juana y Martín arçenaut eure sposoçat / eta hic arnaçan yre esposoçat / eta prometaçen diat ez vede senarric eguiteco y baycen viçi nayçen artean / eta guardaçeco lealtadea / ala fede, ala fede, la fede».
Que viene a significar más o menos: «Yo Martín te tomo a ti, Joanna, como mi esposa, y tómame tú a mi por tu esposo; y te prometo que mientra yo viva no tendré otra esposa; y que te guardaré lealtad; lo prometo, lo prometo, lo prometo». Y la moza repitió la misma fórmula al marido.
Tras consumar el matrimonio, el mozo no quiso reconocer su enlace con Joanna, pero, y esto es lo importante, los juzgados de Nabarra dieron por bueno el matrimonio así celebrado, con testigos, pero fuera del sacramento de la Iglesia Católica y sin registro alguno.
Para terminar este apartado, reproduzco el siguiente texto, que no es de pedida sino de amor no correspondido, el cual fue hallado en el año 2020 en el Archivo Histórico Provincia de Gipuzkoa de Oñati, en un protocolo del escribano de Azkoitia Miguel Ibáñez de Insausti, que contiene escrituras notariales de entre 1503 y 1522, se cree que el autor del mismo es uno de los escribientes:
"Ene laztan gozo ederra/ penaz penaçen naçu/ Orreyn culez ninduçula/ Nola amora nençaçun/ ori escuan ezpata?
(Mi dulce querida hermosa/me penas de pena/Teniéndome tan "zulez"/¿Cómo me enamoraste/con esa espada en la mano?"
TRAS EL MATRIMONIO
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Las togas en euskera ha recibido varios nombres, el más común es tontorrak, moko, burukoak, juichia, sapa o taika en el Ronkal. "Las costumbres femeninas de vestir, eran un modo de exteriorizar socialmente su condición sexual: mientras las muchachas vírgenes o doncellas llevaban el pelo corto con un mechón cayendo sobre cada oreja, las casadas o dueñas, llevaban un tocado en forma de cornucopia, que podía llegar a los 20 o 30 centímetros de altura. La importancia de estas vestimentas quedó reflejada en algunas normativas, como en las ordenanzas municipales de Bilbao, que recogían en uno de sus capítulos de 1477 que las muchachas que no fueran verdaderamente vírgenes debían vestir con tocas, para reflejar su condición En el año 1512 otra
ordenanza que hablaba en términos similares", Janire Castrillo Casado (Mujeres y matrimonio en las tres provincias vascas durante la Baja Edad Media -2009-) Andrés Navarego (1525): "Van las mozas de esta tierra [Álava], hasta que se casan, con el pelo cortado,
dejando sólo para adorno algunas mechas, y la misma costumbre hay en Vizcaya y
en Guipúzcoa. Usan las mujeres de esta tierra un tocado muy extraño; envuélvense
la cabeza en un lienzo casi a la morisca, pero en forma de turbante, sino de capirote, con la punta doblada, haciendo una figura que semeja el pecho, el cuello y el pico
de una grulla; este tocado se usa en todo Guipúzcoa, y dicen que también en Vizcaya, variando sólo en que cada mujer hace el capirote semeje una cosa diversa".
Su antigüedad no está documentada, aunque parece
que sería al menos altomedieval, ya que tenemos una referencia en un dibujo del Códice Emilianense
de la reina Urraca de León (s. XI) con una de estas togas. Pero, incluso hay una referencia de
Artemidoro del siglo I a.C. que habla de que algunas mujeres íberas “se colocan
sobre lo alto de la cabeza una especie de columnilla de una pie de larga y en
ésta entrelazan los cabellos y después la envuelven con tocado negro”, lo cual es una descripción muy precisa. Incluso en Asia Menor, tenemos claros ejemplos de estos tocados (fotos de arriba) Museo del Traje de Errenteria (Gipuzkoa) https://turismo.euskadi.eus/es/museos/museo-del-traje-errenteria/aa30-12375/es/
La Iglesia Católica persiguió durante siglos estos
tocados imponiendo excomuniones que fueron acompañadas de multas. Incluso se relacionó los tocados con la brujería el paganismo, como el
famoso jurista Pierre Lancre, el cual asesinó en la hoguera a unas 600 mujeres vascas a principios
del siglo XVII, a las cuales relacionaba las armas de Príapo, dios menor griego de la fertilidad y que se representa con una falo.
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Una vez casada, durante varios siglos de la Edad Media y Moderna, la mujer vasconabarra en los actos públicos, tenía que vestir una toca frente al pelo suelto de las solteras, se trataba de un capirote envuelto en paño que podía alzarse unos 20 cm o más sobre su cabeza.
Sobre ellas señalaba Caro Baroja: “(...) tocas fálicas que llevaban las mujeres vascas hasta el siglo XVIII, desde el momento en que se casaban hasta enviudar (o las que cometían un desliz, mientras que las solteras y las doncellas iban con la cabeza afeitada, y las viudas con una toca desmochada)".
Pero, no fue el único tipo de vestimenta de la mujer casada en la Edad Media como se cree. En el detalle de la portada del siglo XIII de Andra Mari de Galdakano se observa otro tipo de tocado anterior, de la que serían la mujer de Sancho de Galdakano (posiblemente de origen alabés) y su hija o hijo, ya que la segunda toca es de hombre, según Kosme María de Barañano Letamendia y Fco Javier González de Durana Isusi en "Acerca del arte románico en San Agustín de Etxebarria, Sta María de Galdácano y de Vizcaya en general" (Revista KOBIE nº1 1983), donde además señalan:
"es la cabeza de una mujer con el mismo tipo de gorro y cuello. Encima siete rosetones, a los costados dos especies de espirales. En Puente la Reina hay una cabeza de mujer con tocado pero no propiamente en el capitel, sino debajo de éste, entre la columna y él. En capitel encontramos en la iglesia de Belunza (Alaba) y en la de Marañón (Alta Nabarra, Tierra Estella cerca de Bernedo, Alaba). Este tipo de gorros, o mejor tocas con rizado, que según el P. Flórez se llamaban caramellos (sic) -nosotros pensamos que el caramiello tiene forma de mitra –(…).
Este tipo de gorros estuvieron estuvieron de moda reinando los Teobaldo o Thibalt en Nabarra (de origen francés) y Alfonso el Sabio (1221-1284) de Castilla y dejaron de usarse al parecer después del de Sancho IV (1284-1295), según Leopoldo Torres Balbás, aunque la moda provenía de Francia: Camille Eulart, Manuel d'archeologie française". Más información en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2020/03/hipotesis-sobre-la-procedencia-de.html
Parece que la moda de este tipo de gorros perduró durante muchos más siglos en el país vasconabarro que ese siglo XIII, ya que, según la crónica de Ibargüen-Cachopín del siglo XVI-XVII sobre Galdakano: "El ábicto general de aquí es el antiguo, y hablan bascuençe con su sonido particular. Los tocados de aquí que usan las mugeres son los antiguos aturbantados de [....] en la cabeça amoldados [fol.8r.] de la cabeça arriba, altos e corpulentos, casi al modo de un pilón de açúcar, sino que son más baxos y romos".
Dama de Otazu a las afueras de Vitoria-Gasteiz con el mismo turbante, portada del mismo siglo XIII,
una de las muchas representaciones conservadas en Alaba