LAS CUATRO VILLAS NABARRAS DE GIPUZKOA

LAS CUATRO VILLAS NABARRAS DE GIPUZKOA

Aitzol Altuna Enzunza




Nájera era una villa realenga desde que Sancho III “el Mayor” (1005-1035) le otorgara su carta fundacional y en la cual residía la Corte de Nabarra reinando su hijo Sancho Garçea "el de Nájera" (1035-54). 

Castillo nabarro de Nájera, reconstrucción de Iñaki Sagredo Garde ("Navarra, castillos que defendieron el reino" Tomo IV) 

Es la primera carta de villa peninsular para una población (hoy perdida) y no para un conjunto o valle, la cual otorgaba todo tipo privilegios fiscales, económicos y judiciales que servirán de base para el fuero nabarro de Logroño de 1095, basado a su vez del fuero de Estella de San Martín (1076-77), su primer burgo franco en "Subtus illo castro de Lizarrara", el cual se actualizó en el año 1164 y que es la base de gran parte de las villas nabarras occidentales, incluso tras la conquista castellana de 1200. 



El doctor en historia José Luis Orella Unzué en “Los Fueros vascos y la bilateralidad política” explicaba que: “Las primeras regulaciones legales escritas están contenidas en los fueros de Sobrarbe, Jaca, Estella, Novenera, Viguera y Val de Funes, Medinaceli, etc. (…) El derecho municipal vasco se deriva del fuero de Logroño o del fuero de Jaca, en su versión estellesa de 1164”.


Villa de Arrada-Rada (Viejo) en Alta Nabarra del siglo XI, destruida en el año 1455. n la foto se observan todos los elementos de la época: iglesia, torreón del castillo, muralla, casas solariegas etc. (Foto del libro  "Navarra, castillos que defendieron el reino" Iñaki Sagredo Garde). El nombre más antiguo documentado es Arrada (1131), Rada (1192) y Errada (1201)
Martin Altzueta

En Bizkaia están documentadas otras 3 villas en el siglo XI: Mundaka, Garai y Arestegitza en Arratia, tal y como narramos en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2018/12/galdakano-la-primera-villa-nabarra-de.html?m=1


LAS VILLAS NABARRAS EN GIPUZKOA

La tenencia de Iputz está documentada desde Sancho III el Mayor de Nabarra en el año 1025, pero, además, en las hoy tierras gipuzkoanas había otras dos divisiones administrativas o tenencias nabarras creadas para la mejor defensa del territorio a finales del siglo XII reinado de Sancho VI el Sabio (1150-1194), se trataba de las tenencias de Aitzorrotz y la de San Sebastián, además del señorío de Oñate dado en ese mismo siglo a los Gebara, tenentes de toda la Nabarra Occidental.


Mapa: Eneko Del Castillo
El origen del Iputz o Gipuzkoa, lo explicamos en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/07/gipuzkoanos-de-nabarra.html
 




En la falsificación escrita entre 1186-89 atribuyendo en el año 1027 a Sancho el Mayor la restitución a la iglesia de Pamplona de todos sus bienes, en el señalamiento de los límites del obispado y la disposición de que sólo el obispo de Pamplona-Iruñea consagre las iglesias, lleve las tercias y ponga clérigos en todas las iglesias, se ve que en la documentación nabarra "villa" es un municipio.



"Sub nomine sancte et indiuidue Trinitatis, qui unus Deus est manens in trinitate personarum, unaque inseparabilis deitas in unitate substantie, Pa-tris videlicet et Filii ac Spiritus Sancti. Ego Sancius, Dei gratia ac misericordia eius preueniente rex Pampilonensium atque Aragonensium seu Leonensium, diuina inspiratione compunctus, videns desolationem atque destructionem Pampilonensis ecclesie, que a barbaris nationibus pene destructa, suisque pos-sessionibus ac priuilegiis desolata erat, maxime condolui (...).


In suburbio de Munaricqueta, ecclesiam Sancti Romani cum omnibus que pertinent ad eum. In Urbiaz in villa que dicitur Laçarreta unum palacium cum terris, vineis et orto. Iuxta villam que dicitur Artazcoçt flumen Arga, monasterium quod dicitur Arcaualceta cum sua hereditate quam habet et deinceps habuerit, et cum ecclesiis de Orindoyn et de Artaçuu. In Aylloz de Ygauri in villa, que dicitur Eitzi, vinee. In Aezquoien villa que dicitur Auarçuça integra cum ecclesia sua et suo monasterio quod dicitur Iranzo cum suis decaniis in Vrranci et in Legarda uel omnibus que pertinen ad eum.

Monasterium Sancta Gemma similiter cum omnibus suis pertinentiis. Monasterium Sancti Christofori iuxta villam que dicitur Ancinç et rigum de Ega cum omni sua pertinentia, atque monasterium quod dicitur Perezuelas cum ecclesiis de Priepo et Tidone et de Oione cum omnibus terciis ecclesiarum de Berroça que dicitur Gozpena (...)".

A.C.P.. GONI GAZTAMBIDE, Catálogo .... n° 5. MARTINEZ DIEZ, Guipúzcoa ..., nº 4 y pp. 25 a 27.


1. GETARIA

En el libro gótico de San Juan de la Peña de Jaca, aparecen los primeros 4 documentos sobre “Ipus” o “Ipuscua” (hoy Gipuzkoa). El primer documento dice así (1025): 

“Deo donante illud monasterium quod dicitud Ollazabal, cum hereditate sua, ut terminabit señor Garcia Acenariz et dona Gayla des Sílice superiore (...), haralarre Heziza zaval, alia Hezi caray cum arrandari Sansoiç, maçaneto de Ugarte Zuhaz nabar cum ossavio de medio mazaneto (..) villa que dicitur Haya Ethelcano et mazanetos”.



En el libro "Investigaciones sobre la historia medieval del País Vasco" (1982), en el artículo “La sociedad guipuzcoana antes del fuero de San Sebastián”, el historiador medievalista bizkaíno José Ángel García de Cortázar explica cómo “villa” en los documentos del siglo XI se utilizó tanto como explotación agraria como equivalente a un municipio con sus fueros o leyes locales:  

"Como en muchas otras áreas, el vocablo villa aparece con un doble sentido o, al menos, con un significado, aparentemente desglosable en dos: por un lado, el de una explotación agraria centrada en una residencia señorial; tal parece el caso de la villa que dicitur Haya, comprada, antes de 1025, por uno de los miembros de la familia de García Aznárez y doña Galga, o el del propio San Sebastián, descrito en 1101 como illam ecclesiam Sancti Sebastiani... cum sua villa".

En este caso Haya Ethelcano se refiere a una explotación agraria que estuvo en Getaria en el barrio de Elkano.  


Getaria obtuvo su fuero de villa por Sancho VI "El Sabio" de Nabarra entre 1180-1194, el cual le daba un alfoz o territorio asignado para su población, defensa y desarrollo comercial, que abarcaría todos los municipios circundantes actuales incluido Zarautz. 

San Antón, Castillo de | Asociación española de amigos de los Castillos, Castillos de España, Castillos medievales (xn--castillosdeespaa-lub.es)


En el monte de San Antón, más conocido como "el ratón de Getaria", estaba el castillo nabarro sobre la villa: “Levantándose un castillo en la cima con su ermita. Junto con San Telmo en Zumaia, San Telmo en Hondarribia, la de Saturraran, San Juan de Gaztelugatxe, denotan por su toponimia, su uso anterior como fortaleza defensiva en la costa”.



2. BERASTEGI

En esos siglos XI y XII tenemos documentadas otras tres villas en Gipuzkoa o "udahala", una administración de un territorio reducido, así lo explica el propio José Ángel García de Cortázar: 

"Por otro lado, el de un núcleo de dimensiones reducidas pero suficientes para funcionar como una aldea, donde conviven varios vecinos: tales son los casos de las villae de Berástegui (años 1080 y 1087) y Salinas de Léniz (año 1141), en las que se menciona la existencia de, al menos, dos collazos en cada una, lo que quiere decir, cuando menos, dos cabezas de familia".


Berastegi fue el lugar de uno de los Cabos de Armería de Nabarra o torres y familias responsables de la defensa del reino baskón durante los siglos XI-XII. Gipuzkoa contaba con 26 Cabos de Armería nabarros.

Joseba Asiron Saez (Iruñea-Pamplona 1962), presentó su tesis doctoral en el año 2010, titulada “El palacio señorial gótico en la Navarra señorial, palacios de cabo de armería y torres de linaje”, en la misma, explica actual el alcalde de Iruñea-Pamplona que la mayor parte de los Parientes Mayores o “Ahaide Nagusiak” de todo Nabarra radicaban en los denominados “palacios de cabo de armería”, categoría jurídica específicamente nabarra cuya antigüedad es difícil de concretar, pero que estaba ya bien consolidada para los siglos XI-XII. 

Revista BERTAN número 21

Los castillos de realengo o de la corona, las torres y casas-torre primigenias de la nobleza nabarra, los mencionados palacios de cabo de armería, fueron edificios netamente militares situados en lugares estratégicos como altozanos, cruces de caminos, puentes, proximidades e incluso en el interior de las villas. Contaban además con torres auxiliares junto a ferrerías o molinos que representaban los medios de producción.

En muchas de estas primeras villas, se detecta la presencia de una familia importante que es la que gobierna el territorio.

El origen y la evolución de las casas-torre la narramos en:
https://lehoinabarra.blogspot.com/2021/01/origen-y-transformacion-de-las-casas.html

Sigue García de Cortázar explicando como el rey de Nabarra: "En 1141, por su parte, el rey García Ramírez dona a San Miguel de Aralar duos collaços in villa que dicitur Berástegui, con todas sus pertenencias, con un sentido semejante al de los apuntados antes (…).

De estas referencias, me atrevería a deducir que, al menos, en Abalcisqueta, Salinas de Léniz y Berástegui, lugares a los que podríamos añadir el de Usariza, por razones semejantes al del primero de los citados, hay una pequeña agrupación, un reducido núcleo de casas cuya imagen sería la de pequeños barrios, del tipo de los que aún hoy podemos contemplar en torno a pequeñas iglesias parroquiales y ermitas”.  



El texto completo del rey de Nabarra García el Restaurador en documento del año 1141:

"Ego dei gratia Garsias Rex Pampilonensium. tactus divina inspiratione et consilio atque auctoritate vxoris mee Margarite dono ecclesie beate chaelis in dedicatione huius ecclesie. duos collaços. in villa que dicitur Berastegui, uidelicet cuius nomen est Beraxa. et altero. Orti munioç cum omr suis pertinenciis montibus. siluis. Molendinis. cultis et incultis. 

Hoc autem donum facio pro remedio anime mee. et supradicte uxoris mee Margarite. Et propter illam intentionem ut omnipotens deus et predictus archangelus Michael filios et filias meas sanos custodiat in hoc seculo. et in futuro det uitam eternam amen.

Signum + Regis. Garsie.
Facta Carta. Era M. C. et LXX. VIIIj.
Episcopo Sancio regnante in Pampilona.
Guille(l)mo acenariç in Sangossa.
Simeon de ayuar in pitela.
Lope fortunionis justicia in Curia Regis"


ARIGITA, Historia ... de San Miguel de Excelsis, nº 21.


MARTINEZ DIEZ, Guipúzcoa..., nº 24.


3. LENIZ
 
Dentro de Nabarra la tenencia de Aitzorrotz no pertenecía a Gipuzkoa, sino que tenía una administración o tenencia diferenciada con la parte alta de la cuenca del río Deba desde el siglo XII con su tenente. 

Castillo de Aitzorrotz o Atxorrotx en el valle de Leniz, Iñaki Sagredo Garde. Sobre esta tenencia nabarra se puede leer:

Cuando en el año 1080 el tenente nabarro Orbita Azenariz de Aitzorrotz (alto Deba) formaliza una donación al monasterio de San Millán de la Cogolla en la "villa de Leniz", tal y como explica José Ángel García de Cortázar, parece hacer referencia al municipio de Leintz-Gatzaga o Salinas de Leniz ya que añade que es "donde se elabora la sal":

“insuper tribuo in villa de Leniz, ubi sal conficitur, unam domum cum habitatore suo Mames, qui habet partem in salsa aqua, ut ipse et qui postea fuerit, cum illa domo serviat in S. Emiliano (...)”. 


Sin embargo, el abogado e historiador nabarro Tomás Urzainqui Mina cree que se refiere al valle y arciprestazgo de Leniz en general, cuya villa era el actual Arrasate-Mondragón.


Mapa de las Diócesis y Arciprestazgos de Bizkaia en el siglo XII, Fernando García Cortázar (2018).
 El arciprestazgo del valle de Leniz o Leintz 
estaba en Bizkaia hasta su salida por la costa en Mutriku siguiendo el curso del río Deba, que coincidiría además en gran parte con la tenencia de Aitzorrotz. Se llamaba además arciprestazgo del valle de Leniz o de Mondragón según Labayru, lo que nos indica la centralidad de este municipio.
Labayru también comenta cómo, toda esta comarca, estaba fuera del arciprestazgo mayor de Gipuzkoa o de Ibarra, perteneciente al obispado de Pamplona. Eran las poblaciones de: "Eibar, Elgoibar, Bergara, Anzuola, Elgueta, Plasencia de las Armas, Oñate, Arechabaleta, Escoriaza, Mendaro (un barrio -de Elgoibar-), Astigarribia, Salinas y las anteiglesias del valle de Leniz (...)" , pertenecientes al obispado de Calahorra y La Calzada. 


Tomás Urzainqui en “Mondragón-Arrasate, villa Navarra” (2010):

“La extensión del Fuero navarro de Vitoria-Gasteiz el 15 de mayo de 1260 a Arrasate-Mondragón, tras la rebuscada dicción de Alfonso X de Castilla, ha generado la confusión sobre la fecha de fundación de la villa y la impostura del 750 aniversario. 

Sin embargo, los documentos demuestran que dicha villa navarra existía desde muchos años antes. La carta municipal de 1260 no significa en absoluto su nacimiento o fundación. La villa de Arrasate-Mondragón en el valle de Leniz, con sus industrias de ferrerías y salinas, ya existía antes de la conquista castellana de 1200, al igual que San Sebastián, Vitoria-Gasteiz o el puerto de Bilbao en la tenencia de Malbecin".


"Arrasate fue un cruce de los caminos que se dirigían, directamente o a través de Vitoria-Gasteiz, desde la capital Pamplona-Iruña hasta la costa. Estas vías públicas, como en el resto de Navarra, se llamaban erregebidea

La demarcación eclesiástica del arciprestazgo de Leniz, coincidente con la del citado valle navarro, fue creada en la jurisdicción del obispado occidental de Armentia, cuya capitalidad se ha mantenido siempre como inicialmente lo era, en la villa de Arrasate-Mondragón (...)"


Sigue Urzainqui: "En 1080 Orbita Azenariz, al formalizar una donación en el valle de Leniz al monasterio de San Millán de la Cogolla, nos deja la primera constancia escrita de la única villa existente en el mismo valle (...).

A partir del agua salada, mediante el proceso de evaporación en dorlas (de donde vendría “dorleta”, el nombre de una ermita del lugar) -grandes calderas de hierro a las que se aplicaba por debajo fuego de leña-, obtenían la sal en el valle de Leniz, cuya capital era la villa de Arrasate-Mondragón". 

¿Dónde estaba, pues, Arrasate? No es difícil la respuesta. Por arriba se extendía hasta la cima de Santa Bárbara (donde estaba el castillo nabarro) y por abajo hasta el meandro del río Deba, en la actualidad desaparecido fruto de la canalización del río. Pero, una vez más, por fortuna, haciendo un pequeño esfuerzo, aún lo podemos localizar. Al urbanizar el barrio de San Andrés, se construyó una nueva calle junto al río a la que se denominó Errebuelta. Ahí es donde se encontraba Arrasate, en torno a lo que desde 1910 es el Paseo de Arrasate: http://www.euskonews.com/0532zbk/gaia53204es.html
José Marí Vélez de Mendizabal planteaba que el denominación de "Mondragón" que dio el rey invasor Alfonso X de Castilla a la anteiglesia de Arrasate al confirmarle los fueros de villa en el año 1260 que ya tenía con Nabarra, fue para honrar a un caballero de su Corte, Guillén de Montdragón oriundo de Arrasate: https://www.diariovasco.com/20100131/alto-deba/diferencias-entre-arrasate-mondragon-20100131.html
En el año 1353 se unieron a la villa de Arrasate las anteiglesias de Udala, Garagartza y Gesalibar y en 1966 Bedoña.
Foto Leintz-Gatzaga
La parte norte del valle de Leniz con los municipios de  Eskoriatza, Aretxabaleta y Leniz-Gatzaga f
ue donado al conde de Oñate en el año 1374 , al morir sin descendencia el titular en 1501, pasó a ser de realengo y se integró finalmente y hasta el presente en Gipuzkoa en 1558 con el resto del valle (https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/07/gipuzkoanos-de-nabarra.html). 


4. SAN SEBASTIÁN-DONOSTIA

Sancho VI el Sabio de Nabarra  dio el primer fuero marítimo europeo sobre el año 1180 a San Sebastián, basado en el de Estella-Lizarra. La villa amurallada se fundó en la zona de Urgul, en la actual Parte Vieja donostiarra, donde al parecer no existía una población importante aunque sí un pequeño puerto de pescadores.

El Fuero de la villa Nabarra de San Sebastián-Donostia, incluye el primer seguro mutuo peninsular, el cual traducido al castellano dice: "Artículo 10. Si sucediese que alguna nave naufragase en término de San Sebastián, los mercaderes de la nave recuperen la nave y todas sus mercancías, dando diez sueldos y su lezda (impuesto pagado sobre las mercancías), según se ha dicho más arriba", lo que supone la primera ley de una mutualidad conocida en la península.

En la misma comarca de marismas, existían otros dos núcleos poblados, uno en el río Urumea y otro en el Antiguo, que son los que configuran la villa donostiarra actual. 

También existía una población en "lo Viejo" entre  las iglesias de Santa María del Coro (Koruko Ama) y de San Vicente. Así se desprende de la falsificación del documento escrito hacia 1197 atribuyendo en el año 1014 al rey Sancho III el Mayor y a su mujer la reina Toda la donación al obispo y abad Sancho así como al monasterio de Leire del monasterio de San Sebastián y su parroquia, en los confines de Hernani, y la "villa" de Izurun, con sus iglesias de Santa María y San Vicente y sus cubilares de Irurdita, Anaizoz, Albizungo, Ancieta, Zurzaiate, Bagozu, Larraburu y Loizta. 

"in finibus Ernani ad litus maris illan uillam quam antiqui dicebant Izurun cum ecclesiis suis scilicet beate Marie monasterium unum quod dicitur Sancti Sebastiani, cum parrochia sua, et et Sancti martiris Vincentii".

En el año 1104 el rey de Nabarra Pedro I confirmaba al abad Raimundo y al monasterio de Leire la iglesia de San Sebastián, situada junto al mar en los confines de Hernani y dada a Leire por el rey Sancho con todas sus pertenencias, y añade la pardina  de Oroztegui con las aguas del Urumea "In primis dono et confirmo illam ecclesiam Sancti Sebastiani que est in litore maris in finibus Ernani, cum sua uilla" (ver ANEXO)


Sancho VI el Sabio (Atarrabia-Villava)

Este fuero marítimo de "Sant  Sebastián" otorgado por Sancho VI el Sabio, tenía leyes de regulación municipal como todos y, además, un Código de Comercio y Navegación, el cual, es anterior al de "Llibre del Consular del Mar y Orden" de 1258 de Barcelona y contemporáneos a los Roles de Olerón que regían por ejemplo en Baiona. 

San Sebastián por Joris Hoefnagel en el siglo XVI y publicado en la obra Civitates Orbis Terrarum (Wikipedia)


Orellá Unzue “El fuero de San Sebastián y su entorno histórico”: “Los Roles de Olerón forman una colección redactada en la isla francesa de Olerón a fines del siglo XI, en la que se recogían las sentencias de los tribunales marítimos, basadas en el derecho consuetudinario de las costas atlánticas. La primera introducción de este derecho se realizó en el Reino de Pamplona a través del Fuero de San Sebastián de 1180”.

Teixeira 1634

Toda la explicación sobre la fundación de San Sebastián-Donostia la damos en el artículo: https://lehoinabarra.blogspot.com/2021/02/la-villa-nabarra-de-san-sebastian.html 

ANEXO I

Pedro I de Nabarra en el año 1104

Karta de Sancti Sebastiani

(I)n nomine sancte et indiuidue Trinitatis. Hec est carta donationis siue confirmationis quam facio ego Petrus, gratia Dei rex Aragonensium ac Pampilonensium, domino Deo Salvatori Leierensis cenobii et sancte Marie sanctisque martiribus Nuniloni atque Elodie quarum corpora ibidem requiescunt, et dompno Regimundo abbati ceterisque fratribus presentibus et futuris ibidem Deo seruientibus. 

In primis dono et confirmo illam ecclesiam Sancti Sebastiani que est in litore maris in finibus Ernani, cum sua uilla, cum suis terminis et pertinenciis omnibus, terris, montibus et uallibus, planis, arboribus pomiferis et inpomiferis, cum suis etiam maritimis, pascuis, censibus, quemad-modum rex Sancius Pampilonensium quondam predicto monasterio Sancti Salvatoris cum uniuersis que diximus dedit atque confirmauit pro anima sua ad proprium alodem eternaliter possidendum. Super hec autem addo ego prefatus rex Petrus et dono illam pardinam que uocatur Oroztegui, cum suis terminis et appendiciis omnibus, terris cultis et incultis, pascuis, arboribus fructiferis et infructiferis, et cum illa aqua que dicitur Urhumea, que est pertinencia de Oroztegi. 

Hec omnia que dicta sunt, laudo, dono et confirmo ego rex Petrus Deo et Sancto Saluatori Leierensi monasterii et sancte Marie et santis uirginibus suprascriptis ad alodem propium in perpetuum habendum, prop-ter remedium anime mee et parentum meorum et propte premium uite eterne. Si uero, quod absit, aliqua persona uenerit contra istam cartam ad disrum-pendum uel inquietare presumpserit, iram Dei incurrat, habeat partem cum Datan et Abiron quos absorbuit terra, et cum luda traditore sitque in die iudicii dampnatus.

Facta carta hec un era M.C.XXX.VIII. Regnante supradictio misericordia Del rege Petro in Aragone et in Osca et in Pampilonia. Ildefonso impertore in Toleto et in tota Castella. Episcopo Petro in Irunia. Episcopo Stephano Ueiliz in Exauri. Senior Lope Enecones in Aoiz. Senior Scemeno Fortunio-nes in Uart (signo). (Firma de Pedro I en caracteres árabes).

MARTIN DUQUE, Documentación medieval de Leire, nº 188. MARTINEZ DIEZ, Guipúzcoa... n° 20 y pp. 89 a 92.

ANEXO II

Adjuntamos este otro documento supuestamente de 1053, donde aparece otra "villa" cuando Sancho de Bergara dona a San Juan de Gaztelugatxe tierras y manzanales en el monasterio de San Miguel de Ariceta y en la villa de Paterniti.

"De monasterio de Bergara, quem possuit domnus Sancius frater de domno Zianna.

Ausiliante divina gratia. Hec est kartula donationis quam posui ego Sancius, frater de domno Zianna, ad Sancti Iohannis in mea terra que dicitur Bergara, in monasterio que vocatur Arezeta, id est Sancti Michealis, terras et manzanares bonos; et in alia billa que dicitur Paterniti, terras et manzanares. Et sint firma ista omnia ad Sancti lohannis, usque in perpetuum; et alio omne ganato quod abeo, totum permaneat in Sancti Iohannis".



UBIETO, Cartulario de San Juan de la Peña II, nº 108. MARTINEZ DIEZ, Guipúzcoa..., nº 10 y pp. 49-50.