EL COLECTIVISMO EN BASKONIA

EL COLECTIVISMO EN BASKONIA

Aitzol Altuna Enzunza



ORIGEN DEL COMUNAL

El uso y la costumbre del pueblo como fuente principal del derecho es la característica esencial que distingue al Derecho Pirenaico o Fueros.

«Auzolanaren kultura» 8 minutuko testigantzazko dokumentala: 

Tal y como explicaba Adrián Celaya Ibarra (Barakaldo 1917-2015) en “Derecho foral y Autonómico vasco”: “Fuero no equivale a ley, porque lo característico del Fuero es precisamente que no es ley creada por un legislador prepotente, ni siquiera impuesta por una mayoría ocasional, sino norma que nace de repetidas experiencias de ámbito popular".


Ahondando sobre la singularidad del Derecho Pirenaico frente a otros derechos, comentaba la baionesa Maite Lafourcade (1934), profesora emérita de la universidad de Pau y los países del Adour:

“El centro de la sociedad era la casa y la concepción era colectiva; no conocían la propiedad privada como nosotros actualmente o como la reconoce el Derecho Romano. En realidad, el Derecho Romano no había penetrado en el País Vasco. La propiedad era siempre colectiva. 

Existían tierras no cultivadas que eran propiedad de todos los habitantes de la comunidad (el comunal y el trabajo en auzolan). El patrimonio familiar era propiedad de toda la familia, no de una sola persona”.


El Fuero pirenaico es muy antiguo, el geógrafo e historiador grecolatino Estrabón (64 a. C. 24 d. C) escribió: “Otros Pueblos, llamados peregrinos, se administraban según su propio derecho. Éste era el caso de karistios y várdulos”, estos pueblos habitaban las actuales provincias de Gipuzkoa, Alaba y Bizkaia.

Joseba Ariznabarreta Garabieta

Comenta el abogado e historiador Tomás Urzainqui en una entrevista para el libro “La pelota vasca” (2003): “había un ius gentium, un derecho de los pueblos que no era ni propiamente romano ni de esos pueblos en particular, pero que facilitaba las relaciones entre todos ellos. 

Roma permitía que se hablase la lengua propia y que se desarrollaran también los derechos propios a niveles de derecho privado, de derecho de familia, de derecho municipal; lo que facilitó que, tras la caída de Roma a fines del siglo V, los vascones quisieran seguir manteniendo esa misma estructura”.

Recreación de la península ibérica siguiendo a Ptolomeo y realizado por la biblioteca de Alejandría, donde se ve su imprecisión

UN FUEGO, UN VOTO

Parte de la idiosincrasia de los municipios del reino da Nabarra, es el “auzolan” o el “trabajo vecinal”, por el cual los vecinos se ayudan a la hora de labrar la tierra, en la matanza del cerdo, pelar mazorcas, arreglar caminos, reconstruir un caserío, una iglesia o creaban caleros comunales en los barrios entre otras muchas funciones. 


Calero

Calero o Karobi comunal  de la Cofradía de San Justo de Ozerin-mendi de Zeanuri. La piedra caliza se echa por la abertura superior, similar a un pozo, y se recoge la cal en la abertura inferior.

Aunque también existían trabajos similares en otras partes de Europa, en ninguna de ellas llegó al siglo XIX con el vigor que tuvo en Baskonia-Nabarra antes de la violenta abolición de los Fueros por la Revolución Francesa en 1789 y las tropas liberales en el siglo XIX. 

Es característico de los Fueros la tierra comunal y la explotación de los bosques, de la cual todos los vecinos se beneficiaban, pero que suponía a su vez la obligación de limpiarlos para evitar fuegos.


Estaba reglada la cantidad de leña que cada uno podía obtener de los mismos, de ahí el nombre “foguerizaciones”, “foguera” u hoguera usado para medir la población, que también daba derecho al voto en las “Consejos Vecinales”. 
El mismo 14 de julio de 1789, mientras el pueblo de París y sobre todo su burguesía se alzaba contra sus reyes y su clase aristocrática que los tenía en la más grande de las miserias, el pueblo de Ustarrotz en el Ronkal estaba reunido en Concejo abierto (todo el pueblo) para elegir a su sacristán, otra de las funciones del auzolan. 


Este ser colectivo incluso se refleja en la cultura, donde Juan Antonio Urbeltz señala como los diferentes bailes relacionados con la vida comunal son numerosos como la “Soka Dantza” o el “Aurresku de las autoridades”.

Aurresku en Begoña y bailes, foto de Eulalia Abaitua Allende-Salazar (Begoña 1853-1943)


EL FUNCIONAMIENTO DEL AUZOLAN

Idoia Estornes Zubizarreta en la Enciclopedia Auñamendi escribía: “En el mes de septiembre de cada año se hacía -se hace- el auzolan ordinario, y el extraordinario por la primavera. Una comisión de cada barrio es la encargada de comunicar a cada uno de los vecinos, el día, lugar u hora de la citación". 

Layando en auzolan o lorra

"El vecino que por alguna razón no pudiera acudir debía de mandar un sustituto. Esta prestación vecinal puede tener el carácter de obligatoria reciprocidad ordea o expresa un movimiento de solidaridad gratuito en el caso de tratarse de servicios prestados a una viuda, un campesino enfermo o escaso de personal". 


"A estos auzolanes contribuye también el municipio suministrando en dinero lo equivalente al rancho y dando los explosivos que hagan falta para romper rocas o piedras grandes, cuando el servicio es público; en caso de ser efectuado para un individuo o familia privados, éstos se comprometen a proporcionar el alimento del día y a corresponder a su debido turno. Una forma de esto último es la artaxuriketa (pelar las mazorcas de maíz en grupo)".

Elaboración de carbón, indispensable para extraer el hierro. Revista BERTAN de la Diputación de Gipuzkoa

"Relacionado estrechamente con esta institución se halla la vizcaína lorra, consistente en prestaciones de los vecinos en trabajo, materiales u otros efectos en casos de incendios, construcción de viviendas, falta de estiércol, desgracia, etc. 

La institucionalización del auzolan la vemos cristalizada en las cofradías administradoras de montes y tierras comunales”. 



AUZOLANAREN KULTURA

En el libro “Auzolanaren kultura”, Jasone Mitxeltorena, comenta los muchos aspectos que se hacían dentro del auzolan: la siembra, la siega, el “andrakuste al nacer un niño” (parecido al "atsolorra"), “gaubela” al muerto, plantar árboles en los comunales, arreglar los diferentes tipos de caminos según sus funciones (burdinbide, elizbide, erregebide gurutzebide), los caleros, limpiar los bosques para evitar fuegos, cuidar las ermitas, la caza de animales peligrosos (lobos y osos principalmente) o por su elevado número, la creación de hermandades y cofradías para el aseguramiento mutuo de caseríos y enseres etc.". 

El atsolorra como elemento del matriarcalismo del pueblo euskaldun lo explicamos en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/07/apuntes-sobre-el-matriarcalismo-vasco.html


"El auzolan era obligatorio y estaba regulado los días del año según el municipio, pudiéndose normalmente quedar exonerado de la tarea por una cantidad de dinero. 

El Concejo contrata al veterinario y al médico del pueblo e incluso al sacristán cuando se persiguió a las seroras, en cuya elección participaban también las mujeres". 

La institución de las seroras o freilas y su persecución por la Iglesia Católica la explicamos en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2023/06/la-serora-la-mujer-y-la-iglesia.html

"Los seles de Urdaibai" Daniel Rementeria Arruza.
Estos seles fueron comunales durante muchos siglos, su función y el origen del caserío vasconabarro lo explicamos en: https://lehoinabarra.blogspot.com/2014/08/origenes-del-caserio-vasco.html


La explotación del comunal mediante seles (en euskera korta, xala, sarobe, busto...) y la presión desde el centralismo castellano y francés para su desaparición, la explicaremos en el siguiente artículo.