LEÓN IRIARTE y PABLO BARRICART: LIBERALES E INDEPENDENTISTAS NABARROS
Las llamadas Guerras Carlistas en la historiografía española, estarían dentro de las Guerras Forales (años 1833-40 y 1872-76) y matxinadas en la defensa foral de la historiografía vasconabarra, ya que, en nuestro país, todo el Pueblo se levantó para defender sus leyes, usos, costumbres y el modelo administrativo heredado del ducado de Baskonia y del reino de Nabarra, no porque reinase un rey o una reina en Las Españas.
LOS BATALLONES FRANCOS
Es bastante desconocido y está poco estudiado por la historiografía, el suceso que tuvo lugar del 26 y 27 de agosto del año 1837, cuando estalló una sedición en el bando liberal de la fortificación de Zizur Menor (población a las afueras de Pamplona-Iruñea), la cual estuvo encabezada por el coronel pamplonés León de Iriarte Erburu y por el comandante ronkalés Pablo Barricart que comandaban los "batallones francos" de Nabarra que luchaban contra los carlistas.
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| Fortaleza de Iruñea-Pamplona durante la Segunda Guerra Carlista, Enciclopedia Auñamendi |
En octubre de 1833, el mismo mes que comenzó la guerra, el virrey Antonio Sola creaba en Nabarra los cuerpos de «tiradores y flanqueadores de Isabel», más conocidos como Batallones Francos, cuerpos de mercenarios que sumarían alrededor de 1.500 hombres:
"Los soldados cobraban 4 reales de vellón diarios a cargo del gobierno y otros 2 reales de vellón en raciones de pan, vino y carne, pagados en los dos primeros años por la diputación de los fondos de voluntarios realistas" ("Peseteros y radicales: el asesinato de Sarsfield" Ramón Del Río Aldaz -1997).
Eran por tanto los Batallones Francos, un cuerpo militar de mercenarios reclutados entre la clases bajas de Nabarra, que fueron los que se alzaron contra el ejército liberal de la reina española Isabel II de Bourbón y de su madre la regente María Cristina como vamos a ver.
EL MOTIVO DE LA SEDICIÓN
La situación en Iruñea esos días era límite, ante los abusos y métodos dictatoriales del conde Pedro Sarsfield (Ceuta 1781), ex virrey de Nabarra y general de la reina, máximo cargo del ejército liberal en Nabarra, de infausto recuerdo tras su paso por Alaba y Bilbao.
Así lo relataba la propia Diputación, que había dejado de ser Foral y sus representantes electos habían sido sustituidos por otros elegidos a dedo por el propio conde Sarsfield:
«Las exorvitantes (sic.) pretensiones de que ella sola (Alta Nabarra) atienda al suministro ilimitado del ejército y
a sus pagas y la imposivilidad (sic.) de la diputación han hecho desenbainar (sic.) la espada a dicho general...»
(Representación de la Diputación a la regente de 12 de enero, en Ibid., t. 42, sesión de 12 de enero
de 1837).
Ante el ministro español Mendizabal, el representante de la Diputación señalaba: "El lamentable cuadro que presenta esta provincia es de tal naturaleza, que no
puede pintarse sin horror. No han cesado las exacciones a los pueblos, a pesar del
suministro que estoy verificando por cuenta del gobierno (...). Tal es
el verdadero y espantoso estado de esta plaza, que apenas podría sostenerse diez días
en un asedio del enemigo.
El país (Nabarra) devastado de todo punto, yo sin medio alguno para
atender a tan sagrada necesidad y los jefes militares en el conflicto de ver acercarse
el terrible momento de no tener con qué dar al soldado la ración del día».
Ante esta terrible situación límite, los sedicentes entraron en las murallas y se hicieron dueños de Pamplona y de la Diputación.
LA MUERTE DEL CONDE SARSFIELD
Wikipedia: Muerte de Sarsfield, xilografía por dibujo del ilustrador bilbaíno Vicente Urrabieta (1805-1879), Galería militar contemporánea 1846
La sedición fue encabezada por el coronel León Iriarte de Iruñea-Pamplona, apodado "Zarandaja o Charandaja", un ex-guerrillero con Espoz y Mina durante la ocupación francesa de Las Españas y que después estuvo preso entre 1816-1820, participando después en la intentona golpista de Espoz en 1830.
En sus memorias, Espoz y Mina dejó escrito sobre León Iriarte: "Figura endeble, pero hombre de singular sangre fría; por sus brillantes hazañas llegó desde soldado raso a capitán de caballería en aquella guerra".
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| Pedro Sarsfield |
Los Batallones Francos, tras entrar en la murallas por el Portal Nuevo, llegaron al ayuntamiento y asesinaron a cuatro pamploneses, además de al coronel Mendivil que les plantó cara y al propio conde Pedro Sarsfield, al que los sublevados atravesaron con sus bayonetas cuando intentaba refugiarse a caballo en una casa camino de la calle Ciudadela donde residía.
Después, le dejaron desnudo y expuesto el cadáver en la actual Plaza del Castillo, en aquel entonces llamada Plaza de la Constitución.
Así lo relata Antonio Pirala Criado (Madrid 1824-1903), historiador liberal en su libro "Historia de la Guerra Civil" -1868-:
"Acto continuo bajaron sus agresores arrastrando por
la escalera el cadáver del general (Sarsfield), lo sacaron al centro de la plaza, y una turba
feroz, entre la que figuraban algunas inmundas mujeres, lo despojaron hasta
dejarle sin camisa, y quedó completamente desnudo, expuesto a los ultrajes más
impúdicos, por más de dos horas, hasta que fue recogido y llevado al hospital en
una escalera de mano".
EL FUSILAMIENTO DE IRIARTE Y BARRICART
Tal y como relata Peio Esarte en su libro "Cien años de Gamazada", en una carta del capitán Bazaine a Harispe del 19 de noviembre de 1837, aseveraba que:
- «Los debates han probado, que el objeto de esta insurrección era el de declarar a Navarra independiente»...el asesinato de Sarsfield había sido hijo de una conspiración perfectamente organizada por jefes de prestigio en el Ejército, que querían la separación de las provincias vascongadas del resto de la monarquía y tenían por lema la «Independencia del reino de Navarra». [...] [Consignando que] los revolucionarios de Pamplona declararon a Navarra independiente y decidieron que se administrara ella misma y que ella misma dirigiera sus operaciones militares, si bien reconocían al Gobierno de la Reina".
Dominada la sedición por las tropas liberales que llegaron a socorrer a la ciudad llamados y apoyados por la burguesía pamplonesa, quedó la plaza al mando del Teniente General Francisco Javier Cabrera.
Iriarte y Barricart fueron fusilados en el interior de la Ciudadela de Pamplona junto a otros dirigentes por orden del General Baldomero Espartero, que ejercía el poder real en España y no la regente.
El motivo oficial de la sentencia de muerte no fue la toma de la ciudad por la hambruna de las tropas, sino por haber intentado recuperar la independencia de Nabarra.
Esta es una parte de la sentencia del Consejo de Guerra firmada por el propio Baldomero Espartero y celebrado en Pamplona en 1837 contra el coronel León Iriarte y el comandante Pablo Barricart por proclamar la independencia de Nabarra que copiamos entera en el Anexo I:
“(…) considerando asimismo por las declaraciones testificales que se comprometió bajo su firma a seguir y llevar a efecto la conspiración que tenía por objeto la independencia de Navarra, cuyo documento confesó el mismo Iriarte haber firmado (…).
Condena a la propia pena al comandante del Segundo Batallón de Tiradores Don Pablo Barricart, por resultar justificado: que se mantuvo al frente de su batallón cuando se pronunció la insurrección, y que en vez de contenerla, continuó a su cabeza y vino a Pamplona".
"Segundo, que en el camino de esta plaza dirigió su voz a los insurreccionados... de lo que resultó que instigados por los sargentos e intimidados por las amenazas, tuvieron –el jefe y oficiales del primer batallón– que ponerse al frente de sus compañías.
Tercero, que fue el primero que firmó la relación de su batallón inserta con el número seis, de los que se comprometieron a proclamar la independencia de Navarra.
Cuarto, que hizo destacar el piquete que arrestó al general Sansfield; quinto y último, que aconsejó en Lumbier a varios sargentos, que se fugasen…".
Junto a ellos, fueron también fusilados 4 de los 8 sargentos condenados y que eran los que empezaron la rebelión, ya que los otros 4 sargentos amotinados habían logrado huir.
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Cogido de "Mapas para una nación” J.M. Esparza donde (Alta) Nabarra consta en mayúscula por ser todavía "reino" y no una "provincia". Los Mapas usados hasta Las Guerras Carlistas todavía incluían muchas de las comarcas nabarras como las tierras autrigonas hasta Santoña, tierras riojanas o castellanas.
Para saber mucho más sobre los intentos de proclamar la independencia de Nabarra durante la Primera Guerra Foral o Carlista, se puede leer: LEHOINABARRA: FORALISTAS e INDEPENDENTISTAS
ANEXO I
LA SENTENCIA A MUERTE DE GENERAL ESPARTERO A LOS SUBLEBADOS
Orden general del 16 de noviembre de 1837 en
Pamplona
Soldados:
El día de hoy ha sido uno de los más terribles de mi vida. El rigor de la ley no ha podido menos de aplicarse a los delincuentes, pero mi corazón lamentará su extravío. Como hombre amante de sus semejantes he padecido cuanto una alma sensible es capaz de sentir. Como primera autoridad del valiente, del constante, del virtuoso ejército, me ha sido forzoso obrar en justicia para vindicar el honor del mismo ejército, acrisolar su honradez, ostentar a la faz del mundo su disciplina y aplacar los manes de ilustres guerreros cuya vida salva en los agentes del mismo bando. combates contra el bando carlista fue inmolada por viles asesinos.
Un anciano General, el virtuoso Conde de Sarsfield, que acreditó su fidelidad a nuestra augusta REINA y tremoló el primero el pendón de la libertad del suelo español. Un Coronel, el patriota Mendivil, que desde el momento en que fue alzado el grito de insurrección en las provincias, lo combatió audaz y valiente, fueron alevemente sacrificados por hombres testigos de sus virtudes militares; pero que sin apreciarlas ni seguirlas, su ambición les cegó hasta el extremo de procurar un triunfo a nuestros encarnizados enemigos siendo instrumentos de los promovedores del desorden.
Soldados: recordad mis palabras cuando el 13 de este mes os reuníen el glacis de la ciudadela de esta Plaza. Allí os enteré del objeto de la formación. Mi dolor se templa recordando también el entusiasmo de que os vi poseídos al saber que se trataba de purgar un crimen que empañaba vuestro lustre; y si en Miranda de Ebro disteis el primer paso ¿quien con el segundo dudará de la inimitable disciplina del ejército que mando?
Muchas coronas ornan vuestras frentes, pero las que habéis adquirido contribuyendo al castigo de las sediciones militares, serán auxiliadas de enemigos y extraños: los rebeldes perderán su esperanza de triunfar viendo desaparecer el germen de la discordia; y los viles promovedores de ella, temblarán hasta en los lóbregos recintos desde donde han dado impulso a los puñales homicidas.
Compañeros de glorias y de fatigas: habéis presenciado hoy las terribles consecuencias de tales sugestiones. El delito ha sido castigado y ojalá que ciñéndose todos al puntual cumplimiento de sus deberes, no vuelva a presenciar semejante escena. Pero a fin de que quede sellada en vuestros nobles pechos, he creído prudente dar publicidad a la sentencia pronunciada por el Consejo de guerra de Oficiales Generales cuyo tenor es el siguiente:
Sentencia
"Seguidamente hallándose reunido el Consejo de Señores Oficiales Generales en la forma y sitio que queda expresado en la diligencia de convocación que precede, el Sr. D. Ramón de la Rocha, Juez fiscal, hizo relación al Consejo de los documentos insertos anteriormente relativos a las desagradables ocurrencias acaecidas en los Cizures y en esta Plaza los días veinte y seis y veinte y siete de Agosto ultimo por los batallones y escuadrones francos de Navarra; procediéndose incontinenti a la información verbal de estos hechos por los testigos que resultaron, y así mismo a las declaraciones de los que aparecieron culpables en aquellos; y visto cuanto resultaba por información, recolección y confrontación, examinado todo detenidamente con la conclusión y dictamen del Sr. Juez fiscal, declaró el Consejo comprobada la sedición que tuvo principio en los Cizures, pronunciada, sostenida y llevada a efecto por los enunciados cuerpos francos; y por lo tanto comprendidos en el artículo 25 título 10 del trat. 8º de la ordenanza general; pero destacando al propio tiempo el Consejo de conseguir los efectos de la saludable aplicación de la ley que con imperio reclama la vindicta publica, sin los horrores que necesaria mente habría de ofrecer un crecido número de víctimas, creyó deber limitar la ultima pena a los que apareciesen más criminales.
En su consecuencia, oídos los descargos de los acusados y las defensas de sus Procuradores, ha condenado el Consejo y condena a los siete sargentos José Baranguan, Hipólito Chatelain, Francisco Ordunar, Manuel Valero, Rufino Rubio, Mariano López y Lucas Villagarcía a ser pasados por las armas por unanimidad de votos, por resultar como motores principales de la sedición en el hecho de haberse constituido en comisión y presentado las proposiciones que aparecen firmadas por los mismos en el documento inserto anteriormente con el numero tercero; mandando que sufran aquí la pena Chatelain, Valero, López y Villagarcía que se hallan presentes, que con respecto a Rubio que se encuentra en Sangüesa se pase requisitoria a la autoridad competente para que sea aprendido y ejecutado, y que lo propio se verifique en cuanto a Baranguan y Ordunar que han desertado de las filas.
Asimismo condenó y condena al sargento segundo graduado de primero del primer batallón de Tiradores Domingo Lamarca a la propia pena de ser pasado por las armas por la circunstancia agravante de haber tenido en prisión al Jefe y Oficiales de su cuerpo. A la misma pena condenó a los sargentos de estos cuerpos que se hallan prófugos, así por los muy graves cargos que contra ellos resultan de las declaraciones recibidas, como porque con haber desertado después de las ocurrencias del veinte y seis y veinte y siete de Agosto, han aumentado el número de sus crímenes; y en cuanto a los demás sargentos de estos cuerpos francos que se hallan presentes o que se han ausentado con licencias o comisiones después del suceso, y tuvieron parte en la sedición, los condeno a ser diezmados para que sufran la pena de muerte, y a cuatro años de presidio a los que no les quepa aquella suerte.
A los cabos, cornetas, tambores y soldados de los referidos batallones y escuadrones que tomaron parte en la sedición, los condenó y condena a que continúen sus servicios en la guarnición de la plaza de Ceuta durante la guerra, entendiéndose esta sentencia con presentes y ausentes.
Resultando que el Coronel D. León Iriarte se Presentó poco después de pronunciada la sedición en Cizur Menor, y que lejos de tomas medidas para cortarla en su origen, ni haber dado aviso alguno a las autoridades de la plaza de Pamplona para evitar la entrada de los sediciosos en ella, y los males que se siguieron, vino a la cabeza de los batallones espontáneamente y en plena libertad, apareciendo en este hecho contra él el grave cargo de haber entrado en la Plaza y ocupándola con fuerza armada; considerando asimismo por las declaraciones contestes que se comprometió bajo su firma a seguir y llevar a efecto la conspiración que tenía por objeto la independencia de Navarra, cuyo documento confeso el mismo Iriarte haber firmado, aunque alegando ignorar su contenido; y por último apareciendo probado igualmente que dicho Jefe ejercía libremente su autoridad dentro de la Plaza, siendo obedecido de los cuerpos de su brigada, y que sin embargo no sólo no tomo providencia alguna para evitar la desastrosa muerte del General Conde de Sarsfield y Coronel Mendivil, sino que según la declaración del Oficial que tenía en prisión al expresado General, preguntándole al pasar por allí lo que debería hacer, le contesto hiciera lo que los sargentos le dijesen; el Consejo en vista de todo le condenó y condena a ser pasado por las armas.
Igualmente condenó y condena a la propia pena al Comandante del segundo batallón de Tiradores D. Pablo Barricat por resultar justificado: 1º que se mantuvo la frente de su batallón cuando se pronuncio la insurrección, y que en vez de contenerla, continuo a su cabeza, y vino con él a Pamplona; 2º que en el camino a esta Plaza dirigió la voz a los insurreccionados diciendo, que el Jefe y Oficiales del primer batallón (que por no querer seguir a los sublevados habían sido arrestados y los conducían a Cordovilla donde habían solicitado ir), debían seguir la suerte de los soldados o ser fusilados, de lo que resulta que instigados por los sargentos, e intimidados por amenazas tuvieron que ponerse al frente de sus compañías; 3º que fue el primero que firmo la relación de su batallón inserta con el número seis de los que se comprometieron a proclamar la independencia de Navarra; 4º que hizo destacar el piquete que arresto al General Sarsfield; 5º y último, que aconsejo en Lumbier a varios sargentos que se fugasen para eludir el castigo de sus crímenes que presumían por la venida del Excmo. Sr. General en Jefe. Asimismo ha condenado y condena el Consejo a los Oficiales del expresado segundo batallón de Tiradores de Navarra a ser privados de sus empleos y sufrir cuatro años de presidio, contando en esta sentencia no sólo a los que se hallaban en el batallón en el momento que se pronuncio la insurrección en los Cizures, sino también a los que se le unieron en la plaza de Pamplona; y comprendiendo igualmente en ella al Capitán del propio batallón D. José Zabalza que siendo Secretario del Coronel D. León Iriarte, siguió constantemente con él a los sediciosos. Y por último ha condenado y condena el Consejo de Jefes y Oficiales del primer batallón de Tiradores y escuadrones francos de Navarra a dos meses de arresto en un castillo por no haber tenido la energía suficiente para hacer frente a la sedición en el momento que se pronunció, ni cuando los constituye-ron en prisión. Cuyas sentencias y fórmulas seguidas en todo el discurso de este juicio interrumpido sólo por la necesidad de evacuar algunas citas y de suspender para este efecto la reunión del Consejo, ha merecido la conformidad del Sr. Asesor D. Anacleto Buelta, Auditor de Guerra de este Virreinato y Capitanía General, que se halló presente a todos sus actos. Pamplona catorce de Noviembre de mil ochocientos treinta y siete. -El Conde de Luchana- Felipe Riveroca-Fernando de Miranda". Antonio Van-Halen-Segundo Ulibarri-Juan Sociats-Pascual Churruca-Fernando de Miranda".
Soldados: Cumplida, ejecutada la sentencia, sólo me resta advertirás nuevamente lo que os manifesté en la orden general de 30 de Octubre ultimo en Miranda. Yo confío en que viviréis alerta para no dar oídos a los instigadores del desorden, y que si alguno bajo cualquiera máscara se introdujera entre vosotros para destruir los lazos de merecido castigo. unión y disciplina, me lo denunciéis para que reciba al momento su merecido castigo.
Confiado en vuestra vigilancia, valor, sufrimiento y noble patriotismo, todo lo espera de vosotros para la libertad de la Patria, afianzamiento de la Constitución vigente y consolidación del Trono de Isabel II, vuestro General,
Espartero.













