Aitzol Altuna Enzunza
Cuando en el siglo XIV se amuralló Bermeo, había una puerta de San Miguel, la número 6 y en la flecha de la infografía
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En ese siglo XVI, las villas no participaban en las Juntas Generales de Bizkaia en general (salvo en casos puntuales como la llegada de un nuevo Corregidor), sino que tenían sus propias Juntas o reuniones a las que llaman "Regimientos" en las principales villas, en la que era la "cabeza de Bizkaia" Bermeo, Bilbao y Durango.
La situación cambió a principios del siglo XVII, tal y como cuenta Dario Areitio y Mendiola, donde es significativo también el vocabulario utilizado, ya que se hablaba todavía del "Señorío" solo en referencia a la Tierra Llana, la iniciativa partió de las villas:
"Mas como muchos asuntos fueran comunes a las villas y ciudad y al Señorío el 27 de mayo de 1609 se reunió la Junta general expresamente para tratar del arreglo confeccionado por los delegados de ambas partes (...).
Que todos los años en día que ha de señalarse por primera Junta General que se reúna se han de congregar todas las anteiglesias, villas y ciudad (Orduña) so el árbol de Guernica para tratar de los negocios que se ofreciesen. Además de la dicha Junta anual podrán convocarse otras (…)”.
La villas, cuando empezaron a participar de las Juntas Generales del Señorío, lo hacían agrupadas con sus representantes o procuradores comunes.
Sin embargo, la tensión entre la villas y Tierra Llana duró todavía unos años más, hasta la nueva y definitiva Concordia:
“Se convocó a Junta general para el 11 de septiembre de 1630 en Guernica para tratar de la escritura de unión y concordia de villas y ciudad capitulado de diecisiete artículos y como hubo discrepancia sobre qué matrícula de fogueras había de regir sí la antigua o la reformada se aprobó esta última por ser más equitativa así como el capitulado que reformaba en parte las capitulaciones del 27 marzo de 1628”.
Por tanto, a partir de esa fecha a las Juntas de Gernika iban un representante de cada municipio, ya fuese anteiglesia o villa.
La lucha entre la Tierra Llana o las anteiglesias con las villas, la narramos en: LEHOINABARRA: LA LUCHA ENTRE LAS ANTEIGLESIAS Y LAS VILLAS DE BIZKAIA
Maravedís de Juana la Loca, hija y sucesora de Fernando II de Aragón, apodado "el Falsario" en la historiografía nabarra, a la que encerró durante 46 años en palacio-castillo de Tordesillas por problemas mentales, y de "Carolus" su hijo y del Habsburgo Philipp o Felipe el Hermoso. En realidad, el emperador Karl o Carlos V de Alemania solo estuvo 6 veces en Las Españas o Estados peninsulares de Hispania, aunque cuando abdicó se retiró al monasterio y palacio que mandó construirse en Yuste, Extremadura. |
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Alcalde o Fiel Regidor de Garai en el duranguesado con el "chuzo" o bastón de mando a principios del siglo XX |
San Bernabé de Urioste en Ortuella, entonces perteneciente al concejo de Santurtzi (segregado en 1901), lugar de reunión de los Tres Concejos del valle de Somorrostro |
E. Delmas "Iglesia juradera de Santa Maria la Antigua" remodelada en 1824, debajo la remodelación del siglo XX que dio lugar al edificio actual. Cómo era la Sala de Juntas nos lo explica Gregorio Monreal Zia en "Fuentes del derecho histórico de Bizkaia" (2021) “El lugar donde se reunía la Junta estaba situado a un tiro de piedra de los muros de la villa de Gernika, y los predios (tierras) que lo componían dependían de la anteiglesia de Luno. Estaba, por tanto, en la Tierra Llana y bajo su jurisdicción. La finca era de propiedad del Señorío. El recinto constaba de varios elementos: en primer lugar el roble, cuyos renuevos iban tomando el relevo cuando el «titular» envejecía. Después una tribuna elevada, con asientos, que ocupaban en la Edad Moderna el Corregidor y los dos Diputados Generales. Hay que presumir que en las sesiones de 1452 (en la jura del Fuero Viejo) se colocaron allí las personas destacadas en el Proemio y en el cierre del texto del Fuero. La tribuna estaba separada por unas gradas del tercer elemento, una plaza jalonada de asientos construidos con cal, arena y pedernal, y destinados a los junteros. Allí se reunía la asamblea hasta comienzos del siglo XVII. Gernika se constituyó como único lugar legítimo de celebración. Y, por último, la iglesia juradera, situada a quince pasos del árbol. Al principio servía exclusivamente para la prestación del juramento de señores y reyes, para celebrar elecciones de los cargos del Señorío, y como Archivo de Bizkaia. Siglos más tarde cambió el uso de la iglesia, llamada de Santa María la Antigua, y hubo de adecuarse la estructura”. |

LA PROHIBICIÓN SE EXTENDIÓ A ALABA Y GIPUZKOA La misma imposición de castellano se registra en Alaba y Gipuzkoa. Como en un documento de Artziniega, que perteneciendo a Ayala se sitúa al Oeste de las Enkartaciones, pegando a Gordexola. El 24 de noviembre de 1682 la Hermandad de Artziniega mandó un procurador a las Juntas Generales de Alaba, el cual desconocía el castellano. Las Juntas establecieron que en adelante los municipios que mandasen representantes que no supieran castellano pagasen una multa de 5.000 maravedíes. A lo largo de ese siglo XVII hay varios intentos de reivindicación del euskera como en e año 1631 cuando los asistentes no junteros
hicieron oír su petición de que se hablara en euskera, lo mismo que en el año 1689 cuando se traduce un documento a las dos lenguas, en el año 1695 fue
necesario utilizar el euskera para contener a los asistentes a
Gernika ante su enfado. LEYES A FAVOR DEL EUSKERA EN LAS JUNTAS DE BIZKAIA Pese a la imposición de saber leer y escribir en el idioma de Castilla, muchos de los asistentes no tenían el nivel suficiente, por lo que, sobre todo aprovechando las ausencias del Corregidor, se hacía un resumen en euskera, así se recoge en las actas del año 1562: "el dicho señor corregidor, yncontinente, saco del seno una carta y çedula real que estaba çerrada con el sello real e hizo abrir y leer publicamente a mi, dicho escrivano, como a escrivano de la dicha Junta y Regimiento de Viscaya, de tal manera que beniese a notiçia de todos los que estaban ajuntados en la dicha Junta General y entendiesen muy bien lo contenido en la dicha çedula; e despues de leyda e publicada y dado ha entender por mi, el dicho escrivano, en lengua bacongada lo en ella contenido a los que no sabian romançe" LOS SIGLOS XVIII-XIX. LOS DE LA RECUPERACIÓN DEL EUSKERA En el siglo siguiente se pidió incluso un intérprete en euskera en el año 1704, se trató de Alonso
Hurtado de Amézaga y se tuvo que dar las explicaciones en euskera en 1762
o 1766 ("Presencia histórica del euskera en las Juntas Generales de Bizkaia" Andrés Urrutia y varios). W. Von Humboldt en el año 1799 a su paso por nuestro país comenta sobre Bizkaia: "En las Juntas Generales mismas domina, sin embargo, una casi ilimitada libertad y un verdadero espíritu de independencia, y la presencia del corregidor no impide que cada cual diga libremente su opinión. En muchos casos también se ausenta él, y a menudo se habla en vascuence, que él no comprende. Hasta hace él mismo leer en ambos idiomas en muchos casos los memoriales en discusiones de interés general." En el siglo XIX es cuando el reglamento de las Juntas Generales recogió por primera vez de manera expresa la obligación del uso de ambas lenguas de manera escrita, pero, con importantes matices. En el reglamento de 1833 el euskera aparece como cooficial en las Juntas junto al castellano....aunque supeditado a éste: Art. 36: "Se dará principio, tanto en la lectura de expediente, como en los discursos, en idioma castellano, y se continuará en el vascongado, hasta que todos los apoderados queden suficientemente enterados de los asuntos que se ventilen". Art. 42: "Concluida la discusión del punto en cuestión, se procederá en seguida á la resolución, y pareciendo dudosa la pluralidad, por excitación de cualquiera apoderado, mandará el Señor Presidente proceder á la votación, y poner por escrito en idioma castellano y vascongado las proposiciones ó preguntas sobre que ha de recaer". Es el año en que estalló la Primera Guerra Foral o Carlista, que en nuestro país fue una lucha por mantener nuestra autonomía foral. Tras ésta y hasta la supresión foral en la segunda invasión de las tropas liberales de nuestro país (1872-1876), el tema lingüístico quedó aparentemente zanjado en el debate del año 1841. "Resolvióse en seguida después de varias explicaciones á que dio lugar la reclamación de algunos señores apoderados vascongados, que diariamente se trajese á la Junta en lengua vascongada por escrito el extracto de la acta de la sesión precedente, para que así quedasen mejor enterados de sus deliberaciones y acuerdos los que no poseyesen el idioma castellano, y quedó á cargo de la Diputación el nombramiento entre los señores vocales de la Junta de los que hubiesen de hacer la versión de las actas de una á otra lengua". Los reglamentos de los años 1850 y 1854 repiten la exigencia del uso de ambas lenguas, aunque el euskera seguirá supeditado a castellano, por ejemplo, sólo se repite el acta en euskera algunos días y no todos. César Gallastegi nos da los discursos en euskera: 1. Discurso del Corregidor (1846) 2. Discurso del Corregidor (1848) 3. Dictamen de la Comisión de Fueros (1850) 4. Discurso del Corregidor (1856) 5. Discurso del Corregidor (1858) 6. Discurso del Corregidor (1859) 7. Discurso del Corregidor (1860) 8. Discurso del Corregidor (1862) 9. Discurso del Corregidor (1864) 10. Discurso de un apoderado (1864) 11. Discurso de un juntero (1864) 12. Discurso del Corregidor (1866) 13. Petición, discurso18 y decreto en relación con la armada (1866) 14. Carta dirigida a las Juntas Generales (1866) 15. Discurso de un apoderado (1866) 16. Palabras de un apoderado y respuesta del Corregidor (1866) 17. Discurso del Corregidor (1868) 18. Mensaje a Su Santidad (1870) 19. Palabras de un diputado (1872) Aunque el reglamento no lo recoge de manera explícita, los junteros se podían expresar en ambos idiomas según quisieran: Antonio de Trueba, cronista del Señorío en su obra "Bosquejo de la organización social de Vizcaya" (1867): "Los apoderados hablan en castellano o en vascuence, según más les place". E. Delmas, escritor, periodista e impresos bilbaíno: "reina el más perfecto principio de igualdad, los discursos en vascuence y en castellano alternan, ó se confunden [...] traslada al santuario de las leyes forales á presenciar las cuestiones que en lengua vascongada y castellana se debaten públicamente" (Guía histórico-descriptiva del viajero en el Señorío de Vizcaya 1864). TODAS LAS LEYES CONTRA EL EUSKERA Desde la llegada de los Bourbones franceses a la corona de Las Españas en 1705, las leyes contra el euskera se multiplicaron, prohibiciones similares a las que ya llevaban a cabo éstos déspotas en Francia, llegando hasta límites insospechados como la total prohibición de hablar euskera durante las dictaduras españolas del siglo XX que duraron medio siglo.
Un resumen de las leyes contra el euskera y el catalán las tenemos en el artículo: https://lehoinabarra.blogspot.com/2021/05/las-leyes-contra-el-euskera-y-el-catalan.html |